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2010/10/02

La Página-ARENA critica las prestaciones que se dará a los médicos cubanos que vendrán al país-Diario digital de noticias de El Salvador

 El diputado de la fracción legislativa de ARENA, Enrique Valdés, afirmó que "ni los médicos salvadoreños tienen las prestaciones se le están otorgando a los médicos cubanos que van a venir".

Escrito por Redacción. 02 de Octubre. Tomado de La Página.

 

El diputado propietario de la fracción política de Alianza Republicana Nacionalista, ARENA, Enrique Valdés cuestionó la ratificación del Convenio básico de cooperación entre El Salvador y Cuba el cual permitirá la llegada de médicos de la isla a tierras salvadoreñas.

ARENA se opuso a dicha ratificación al considerar que el acuerdo viola la soberanía del país el cual permitirá el ingreso de galeanos cubanos a El Salvador.

"Ni los médicos salvadoreños tienen las prestaciones se le están otorgando a los médicos cubanos que van a venir", aseguró el diputado Valdés.

"Ha logrado (Fidel Castro) que El Salvador se convierta en el gran centro de empleos para todos los cubanos que ya no pueden vivir en Cuba" señaló el diputado de derecha.

"Un especialista en Cuba no gana más de veinte dólares al mes, ¿cómo no van a estar felices todos estos médicos cubanos de venir a El Salvador cuando hoy van a tener doscientos dólares en cash más todas las prestaciones, que el sistema cubano no les puede dar?", dijo Valdés.

"Por eso hoy tiene sentido el famoso reglamento de recursos humanos que aprobó el Ministerio de Salud a través del acuerdo 552  del Ejecutivo, un reglamento de recursos humanos que dice que es el Ministerio de Salud el que puede despedir o no a los recursos humanos del Ministerio que están por ley de salario"  formuló el arenero.

En días pasados, la Asamblea Legislativa de El Salvador, con 65 votos, ratificó dicho Convenio Básico de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica suscrito con el gobierno de Cuba en marzo de 2010.

En esa oportunidad ARENA votó en contra de la ratificación.

Las prestaciones

Según el convenio el ministerio de Salud con el apoyo de la cooperación internacional con un tercer país, región u organización, o con los recursos propios, si los tuviera disponibles, tiene las siguientes obligaciones:

a) Pagar el pasaje internacional al inicio, vacaciones y término de la misión de cada colaborador desde Cuba a El Salvador y viceversa.

b) Asumir los gastos para tramitación de visas de entrada y estancia, salida del país y cuanto otros documentos, permisos, impuestos de viaje y obligaciones que fija la ley para los colaboradores extranjeros.

c) Garantizar alojamiento adecuado amueblado y dotado de los enseres domésticos necesarios, asumiendo los gastos de agua, electricidad, gas y comunicaciones.

d) Garantizar la asistencia médica y estomatológica gratuita ante evento y afecciones agudas, incluyendo medicamentos y medios diagnósticos.

e) Garantizar el alojamiento, la alimentación y transporte cuando por necesidades de servicio el colaborador tenga que trasladarse a otro lugar distinto a donde tenga su residencia.

f) Garantizar el transporte que le permita trasladarse de su lugar de residencia a su lugar de trabajo y viceversa, al inicio y final de su jornada.

g) Facilitar  al colaborador los medios o instrumentos necesarios para realizar de forma adecuada sus servicios.

h) Asumir el pago de 20 kilógramos de exceso de equipaje en vacaciones y termino de misión de colaboradores.

i) Garantizar que los colaboradores que laboran bajo este convenio lo hagan solo en el sector público de la salud, no empleando a ninguno en actividad ajena a la acordada entre las partes, durante o después de que expire el período de servicio que abarca este convenio. No se emplearán en el sector público los servicios de aquellos colaboradores que hayan incumplido con los compromisos establecidos por las partes.

j) Entregar a cada colaborador, en concepto de estipendio, 100 dólares mensuales o su equivalente en moneda nacional como dinero de bolsillo, así como entregar 150 dólares mensuales para los gastos de alimentación, aseo personas, debiéndose revisar anualmente de acuerdo a la canasta básica del país.

k) En caso de fallecimiento de algún colaborador, asumirá los gastos por servicios sanitarios, funerarios, de documentación y transporte internacional del cadáver y una acompañante para el traslado a Cuba.

l) Asumir los gastos originado por el traslado de Cuba u otro país del área geográfica con posibilidades de atención médica especializada a los colaboradores, cuando sea necesario proceder a su evacuación producto de enfermedades o accidentes de gravedad, siempre y cuando se demuestre que no existen las condiciones requeridas para la atención médica en el propio país.

m) Garantizar las condiciones de vida, trabajo y transporte adecuado (incluyendo conductor, mantenimiento, reparación y suministro de combustible) para el responsable de brigada, de forma que pueda desempeñar adecuadamente sus funciones.

n) Apoyar a los miembros de la brigada médica cubana en las gestiones que deben realizar para obtener el permiso de la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica para que ejerzan su profesión en los plazos acordados.

o) Apoyar la gestión, ante los bancos estatales o cooperativos para el acceso de la brigada médica cubana a los servicios bancarios salvadoreños.

Diario digital de noticias de El Salvador

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