Comentarios mas recientes

2010/12/20

Co Latino-Editorial-La ley para candidaturas independientes | 20 de Diciembre de 2010 | DiarioCoLatino.com - Más de un Siglo de Credibilidad

 20 de Diciembre. Tomado de Diario Co Latino.

Con fecha 29 de julio del presente año, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró que “el inciso segundo, numeral 5 del artículo 215 del Código Electoral, era inconstitucional porque violaba los 72 y 126 de la Constitución”.
El artículo 72 de la Constitución establece los derechos políticos del ciudadano, entre los que se encuentra el de “optar a cargos públicos”. Mientras que el 126 establece las condiciones para ser elegido diputado, en el que, en ningún momento exige la condición de ser miembro de un partido político.
La Sala de lo Constitucional pidió a la Asamblea Legislativa “reformar los artículos 211 y 215 del Código Electoral, a fin de permitir… que los ciudadanos puedan presentar candidaturas independientes, de tal forma que prescindan de la mediación de los partidos políticos”.
Asimismo, la Sala demandó de la Asamblea regular por ley, para las candidaturas independientes: “un determinado número de firmas, mecanismos de control, supervisión y rendición de cuentas que garanticen que los recursos de las campañas tengan un origen y uso lícito”.
Por cierto, los que han sido y siguen siendo críticos a las candidaturas independientes o no partidarias, argumentaban que por esa vía se podía calar el crimen organizado al Primer Órgano del Estado.
Así las cosas, en la plenaria del pasado jueves, con los votos de los diputados del partido FMLN y ARENA se dio vida a la ley que permite las candidaturas independientes, con lo que se daba cumplimiento a la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Sin embargo, algunos artículos de la ley podrían dar pie a otros recursos de inconstitucionalidad, como ya lo han sugerido algunos promotores de las candidaturas independientes, porque estarían violando el artículo 3 de la Constitución, el cual establece “que todas las personas son iguales ante la ley”.
También provocarán reacciones contra la recién aprobada ley porque pone exigencias encaminadas a desistir a participar en candidaturas independientes, como por ejemplo, que el interesado o interesada debe reunir 8 mil firmas como mínimo, o casi 18 mil como máximo, porque fueron los residuos mínimos y máximos por circunscripciones departamentales.
O que los y las aspirantes tengan que pagar una fianza para responder por obligaciones a contrarios.
Y, finalmente, que presente un proyecto de presupuesto con el cual se financiará su campaña proselitista, avalado por un contador autorizado, y si hay sobrantes, tengan que pasar a un fondo para beneficiar a los partidos políticos.
Claro está, en un principio los diputados han dado cumplimiento a una sentencia de la Corte, lo cual es sano, pero, parece que se han exigido en las exigencias de los futuros postulantes, más con ánimos de desalentar su participación que facilitarles sus deseos de ser también representantes del pueblo ante el Órgano Legislativo.
Sin lugar a dudas, los partidos políticos seguirán siendo la principal opción de los y las ciudadanas para elegir a sus representantes, por lo tanto, no tienen por qué temer a las candidaturas no partidarias o independientes.

La ley para candidaturas independientes | 20 de Diciembre de 2010 | DiarioCoLatino.com - Más de un Siglo de Credibilidad

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios que incluyan ofensas o amenazas no se publicaran.