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2010/11/01

LPG-Las tres sentencias de inconstitucionalidad

 Escrito por el Imperio del Derecho.01 de Noviembre. Tomado de La Prensa Gráfica. 
centrodeestudiosjuridicos.cej@gmail.com

El Centro de Estudios Jurídicos publicó en LA PRENSA GRÁFICA el pasado viernes 22 de octubre, página 97, un manifiesto sobre tres recientes sentencias de la Sala de lo Constitucional relativas: a) al sufragio en listas abiertas y las candidaturas no partidarias; b) a la transferencia de fondos públicos entre instituciones del Estado; y c) al derecho de libre expresión y sus límites. Calificó a tales sentencias de gran relevancia histórica para la sociedad salvadoreña.

Al respecto, el Centro observó que dichas sentencias han sido objeto de discusión tanto por ciudadanos como por abogados del foro salvadoreño en torno a los aspectos considerados por la mencionada Sala de la Corte Suprema de Justicia. En efecto las mencionadas sentencias tienen relevantes repercusiones en el ámbito jurídico del país y sin duda alguna es por ese motivo que han dado lugar a editoriales y artículos periodísticos, conferencias y mesas redondas, programas televisivos y radiales, pronunciamientos, reportajes, entrevistas, etc. Entre otros eventos, destacamos las mesas redondas y conferencias organizadas por este Centro de Estudios Jurídicos, el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional –Sección El Salvador–, por el Foro de Jueces/FESPAD, y por la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES), en algunas de ellas con participación de magistrados miembros de la Sala de lo Constitucional o de otras Salas de la Corte Suprema de Justicia.

Lo anterior constituye un rol destacado de participación ciudadana, la cual es un componente del concepto de transparencia, categoría jurídica del Estado democrático de derecho, que se viene promoviendo en la cultura socio política nacional.

Sobre el primero de dichos fallos ponemos de relieve dos artículos publicados por este Centro de Estudios Jurídicos bajo la denominación “La constitucionalidad en disputa”, en esta Sección de Opinión de LA PRENSA GRÁFICA, en agosto de este año, en los que fijamos nuestra posición. Respecto a ese fallo la Asamblea Legislativa instaló una Comisión Ad-hoc, cuya creación cuestionamos en aquella oportunidad.

Los partidos políticos, entidades empresariales y organizaciones de la sociedad civil de diferentes signos se han expresado en torno a los fallos aludidos; dentro de ellos advertimos que voceros del MIRE celebraron el primer fallo como vinculado a su empeño en la línea de lo resuelto por la Sala. Esa sentencia trascendió a los partidos políticos en la Asamblea Legislativa, que se apresuraron a iniciar el trámite de reforma constitucional en un madrugón inusitado.

Respecto al segundo fallo, el presidente de la República reaccionó airado, pues se dificultará el trámite de envío de fondos a Casa Presidencial; además criticó a los magistrados que emitieron la resolución.

Sobre el tercero, algunos medios de prensa expresaron opiniones negativas porque alegan que tiene un sentido restrictivo con la libertad de prensa; esta primera impresión adversa podría desvanecerse al analizar el fallo en su integridad y valorar su contenido a la luz de las nuevas tendencias del derecho.

En este debate hay una disposición positiva de acatamiento a la legalidad del fallo, señal de independencia entre los Órganos del Estado, de madurez institucional y respeto a la Carta Magna, lo cual marca el avance y la consolidación de nuestro sistema democrático.

El Centro de Estudios Jurídicos reitera su respaldo a las referidas sentencias de la Sala de lo Constitucional, en tanto se fortalece la institucionalidad democrática del país.

El Centro de Estudios Jurídicos, como entidad de pensamiento jurídico independiente, estará siempre atento a los fallos relevantes de la Sala de lo Constitucional, en su objetivo que la misma continúe apegándose al estricto cumplimiento del rol que la Constitución de la República le ha asignado.

Las tres sentencias de inconstitucionalidad

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