Everardo Mejía Mejía.20 de Marzo. Tomado de Diario Co Latino.
Todo integrante de la colectividad en la que nos ha tocado desarrollarnos debe constantemente dedicar una reflexión a su entorno cercano, con el propósito de mejorar el desempeño personal, de su grupo de interacción y de la sociedad en general.
Bajo esta perspectiva, dedicamos estas líneas, para reflexionar sobre el entorno de la ingeniería eléctrica, en cuanto a algunos tópicos, los cuales son una pequeña parte de todos los que influyen en nuestro ejercicio profesional.
Me refiero en específico a las relaciones con el FISDL, las distribuidoras de energía, SIGET y otros organismos del Estado.
Sucede que las distribuidoras, luego de tornarse monopolio natural en el suministro de energía eléctrica, acaparando el flujo económico de ese sector, se han dado a la tarea de acaparar el trabajo del mismo sector, mediante medidas muy bien coordinadas, cuando fueron parte clave e integrante del organismo que elaboró la legislación y rige los derroteros del sector eléctrico. Acaparan el trabajo, al tornarse intermediarios entre los propietarios de los proyectos eléctricos y los contratistas que los ejecutan.La actual Junta Directiva de la SIGET está haciendo grandes esfuerzos para contrarrestar los vacíos de las leyes existentes, así como elaborando nueva legislación, para favorecer al usuario final y al sector profesional, o el propósito de que los proyectos sean de menor valor, crezca el número de proyectos, aumente el empleo y que la calidad de este empleo sea digno y con justicia social.
Sucedió en anteriores administraciones, que la Junta Directiva de la SIGET estuvo conformada por personas afines a las distribuidoras, tal como lo establece el Art. 6.- de la Ley de Creación: “a) Un Director nombrado por el Presidente de la República, que ejercerá las funciones de Superintendente; b) Un Director electo por las asociaciones gremiales del sector privado legalmente establecidas en el país, en Junta que para ese efecto convoque y presida el Ministro de Economía; y, c) Un Director nombrado por la Corte Suprema de Justicia. Habrá dos Directores Suplentes designados en la misma forma que se establece en los literales b) y c) anteriores, quienes asistirán a las sesiones de la Junta de Directores con voz pero sin voto, salvo ausencia del Propietario.” En el año 2010 se eligieron los directores para un nuevo período; a instancias del actual Ministro de Economía, se trató de cumplir la ley, convocando a todas las “asociaciones gremiales del sector privado legalmente constituidas”, porque antes sólo se convocaba a las asociaciones “elegidas”. Fue entonces que se logró incluir al director suplente, propuesto por la Asociación Salvadoreña de Ingenieros y Arquitectos (ASIA), aunque otras gremiales llevaron a sus gremiales asociadas de joyeros, músicos y otras yerbas, para lograr mayoría.
Ejemplos de los mecanismos empleados por las distribuidoras para desplazar al sector de profesionales contratistas o sencillamente tornarse intermediarios, son entre otros, los siguientes: a) Todas las obras ejecutadas por FOMILENIO, son contratadas a las distribuidoras, quienes a su vez subcontratan la ejecución a los ingenieros contratistas. Esta forma de trabajo ha redundado en formas de pago esclavizantes, tanto para las empresas contratistas que ejecutan realmente los proyectos, como para la mano de obra empleada; porque los márgenes no alcanzan para el pago de las prestaciones sociales, mucho menos para seguros de transporte de materiales y otros rubros que en forma imprevista hacen quebrar a los ejecutantes. b) Las distribuidoras tienen actualmente la potestad de revisar los planos de obras eléctricas que proyectan los profesionales independientes y empresas contratistas; sin embargo, nadie revisa los planos de las obras que realizan las distribuidoras. De todos es sabido, las exigencias fuera de profesionalismo y el incumplimiento de la legislación actual, en la revisión de planos. Como un ejemplo, el acuerdo No. 66-E-2001, en el capítulo 1, apartado 2.15, dice “Los cables se tensarán siguiendo el procedimiento y las tablas proporcionadas por el diseñador de la obra eléctrica”. Los planos aprobados por las distribuidoras no poseen las tablas de flechas, ni memorias de cálculo de caída de voltaje y pérdidas. Actualmente existe una iniciativa para normar el diseño de líneas eléctricas rurales, lo cual logrará bajar el costo de los proyectos, al disminuir estructuras innecesarias; por lo tanto, habrán recursos para más obras. Se cuenta con la buena disposición de la SIGET al respecto. c) Las distribuidoras cobran por que un propietario prolongue su línea eléctrica existente; la conexión sólo puede ejecutarla la distribuidora. Esto constituye una completa injerencia a la propiedad privada. Entonces cobran por decir que pueden conectar la prolongación (Factibilidad de servicio), y cobran por conectarla (Solicitud de presupuesto de conexión). Se basan en una interpretación sesgada de los artículos 10 y 11 del acuerdo 93-E-2008.
De estos ejemplos pueden dar testimonio la Asociación de Ingenieros Electricistas Salvadoreños (AIES), también la Asociación de Ingenieros Electricistas de la Zona Oriental (ASIEZO) y la Asociación de Ingenieros Mecánicos, Electricistas e Industriales (ASIMEI).
Sea entonces, este pequeño análisis de nuestro entono, una aportación para mejorar en todo sentido, principalmente para los trabajadores empleados, que laboran construyendo líneas eléctricas en las empresas contratistas o subcontratistas no distribuidoras ni comercializadoras.
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