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2011/03/28

EDH-¿Quién tiene la razón?

 Mauricio Alfredo Clará.28 de Marzo.Tomado de El Diario de Hoy.

En el brillante trabajo de investigación realizado por el político y abogado Félix Ulloa hijo, titulado: "LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACTORES DE LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEMOCRÁTICA EN CENTROAMÉRICA", editado por Editorial Guayampopo, en mayo de 2001, hace más o menos diez años, el prenotado investigador expone en homenaje a la memoria de don Guillermo Manuel Hungo --de mi grata y estimable recordación-- una serie de afirmaciones que en forma contundente, categórica y sin plantear la menor duda, reconoce la especial trascendencia de los partidos políticos como institutos indispensables e insustituibles en la acción democrática y representativa, en los pueblos de Centroamérica.

De dicho trabajo --así lo identifica su autor-- transcribimos los siguientes párrafos con indicación de la página en que aparecen:

1) "…el papel de los partidos políticos se vuelve crucial. Ya que además, son ellos los que dan legitimidad a los gobiernos, parlamentos, municipios y por consiguiente a los otros órganos de elección de segundo grado como las Cortes Supremas de Justicia, autoridades electorales, contraloras, etc., que conforman la institucionalidad de cada Estado". (Pág. 8).

2) "La confianza que la sociedad le devolvió a los procesos electorales, los cuales vieron legitimados por actitudes como la entrega de poder por parte del Frente Sandinista de Liberación Nacional, FSLN, en Nicaragua en 1990, después de su derrota electoral o la erradicación de los fraudes electorales en El Salvador, durante las elecciones de esta década, constituyó la mejor oportunidad, que nunca antes habían tenido los partidos políticos de la región en este siglo, para afianzar su papel de intermediarios legítimos y conductos idóneos para la representación popular". (Pág. 15).

3) Sin embargo en algunos países la constitucionalización que se llevó a cabo en la década de los ochenta, se entendió como el derecho a monopolizar la representación de la voluntad popular… Igual sucede al momento de postular candidatos a cargos de elección popular, donde el partido se convierte en el vehículo indispensable, a veces el único, como lo señala el Art. 85 de la Constitución salvadoreña". (Pág. 18).

4) "Considero que la principal fortaleza que tienen los partidos políticos de la región, es el entorno legal que les es totalmente favorable. En las constituciones y leyes electorales se les considera como instituciones privilegiadas del sistema democrático… En El Salvador el Art. 85 Cn., les confiere el monopolio de la representación popular, al definirlos como el único instrumento del pueblo para hacerse representar en el gobierno". (Pág. 45).

5) "En cuanto a la representación en la institucionalidad del Estado, considero que es casi imposible sustituir a los partidos políticos. En El Salvador es imposible por el Art. 85 Cn… Ello indica que para modificar el sistema en su conjunto no queda otra ruta que persuadir a los partidos, para que ellos mismos elaboren las reformas en función de la democracia, que en última instancia será también en función de ellos mismos. (Pág. 56).

Frente a esas afirmaciones del distinguido político abogado, gestor de la demanda de inconstitucionalidad con afectación directa, clarísima del Art. 85 de la Constitución, el mismo que en el referido trabajo se destaca como garante, seguro o fortaleza de los partidos políticos, da lugar a interrogar: ¿Quién tiene la razón?

Porque de alguna manera, ante los acontecimientos relacionados, advertimos la presencia de dos pensamientos del mismo personaje: 1º. La del escritor, investigador, jurista y político, que consolida las expresiones del Art. 85 Cn. para dar soporte a los partidos políticos y 2° La del demandante, contra los mismos partidos, con afectación directa del mismo Art. 85 Cn..La cuestión tiene relevancia en la dimensión académica o científica, por supuesto.

elsalvador.com, ¿Quién tiene la razón?

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