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2010/10/09

LPG-Crítica periodística

 El reciente fallo de los magistrados de la Sala de lo Constitucional emitido con el propósito de limitar la crítica periodística a los que se dedican a esta profesión y a los propietarios de los diferentes medios de comunicación del país ha causado mucho revuelo y diversos tipos de opiniones desfavorables a este, por personas e instituciones que ven en este fallo un ostensible propósito de restringir la libertad de expresión y el derecho que tienen los medios de comunicación de mantener informada a la población.

Escrito por Salvador Guevara Casco.09 de Octubre.Tomado de La Prensa Gráfica.

Si hacemos una mirada retrospectiva en el tiempo y comparamos los avances que hemos tenido hoy en día en democracia y en el derecho inalienable de expresarnos libremente, con la situación que se vivió durante las nefastas épocas de las dictaduras militares de nuestro país, nos damos cuenta de que han sido conquistas que todos tenemos la obligación moral de defenderlas. En consecuencia parece que los respetables señores magistrados de la Sala de lo Constitucional no han hecho este ejercicio retrospectivo que les hubiera permitido aquilatar con mayor cuidado el valor importante de podernos expresar con libertad, especialmente al haberse dado esta resolución en el mes cívico.

Las fuerzas oscurantistas que siempre abogan por tener a los pueblos postrados, sumisos y carentes de sus más sentidos derechos estarán complacidos con esta determinación de la CSJ, que servirá como una herramienta disuasiva para los que no desean que la incipiente democracia de estos pueblos en vías de desarrollo avance.

En nuestro país los períodos eleccionarios siempre han sido épocas en las cuales las estrategias propagandísticas de los diferentes partidos políticos casi siempre giran alrededor del desprestigio del candidato del otro partido. La pregunta que nos hacemos es ¿tendrá el reciente fallo de la Sala de lo Constitucional la posibilidad de sancionar a las personas e instituciones que se extralimitan en las críticas personales destructivas que se hacen en períodos eleccionarios contra candidatos con el afán de obtener una mayor votación a su favor, o tendrá que ser esto parte de las reformas que debe implementar el TSE para próximas elecciones?

Es aceptable también pensar que el fallo de la Sala de lo Constitucional podría de alguna forma contribuir a regular el tipo de crítica periodística que se hace en algunos medios de comunicación radiales, televisivos y escritos, porque si verdaderamente queremos ser justos hay que aceptar que en algunas ocasiones se usa demasiado la crítica destructiva hacia personas e instituciones en algunos medios de comunicación.

Es de esperar que las restricciones de este fallo de la CSJ no vayan a contribuir a incentivar a mentes diabólicas que puedan querer iniciar una cacería de brujas en contra del periodismo en nuestro país como ha ocurrido en México y en Honduras.

Los salvadoreños debemos incentivar a los jóvenes a ser críticos y enseñarles los beneficios de la crítica constructiva que permite la valoración de las acciones positivas que muchas personas realizan. Por supuesto cuando haya que criticar las falencias que cometen especialmente los que nos gobiernan, hay que hacerlo también. Esto puede enseñarse en el hogar y en los centros educativos.

Las personas que nos gobiernan son figuras públicas quienes tienen que aceptar las críticas del pueblo ya sean favorables o desfavorables. No deben esperar solo la crítica constructiva, sino también la que les permita conocer sus errores para saber rectificarlos.

Crítica periodística

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