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2010/10/09

LPG-Sin designados aún

El sábado 3 de julio de los corrientes fue publicado en Opinión de LA PRENSA GRÁFICA el artículo ¿Cuándo los designados a la Presidencia? del cual no se obtuvo resultado alguno.

Escrito por Ricardo A. Novoa Arciniegas.09 de Octubre.Tomado de La Prensa Gráfica.

Hay dos posturas: la del niño insolente, malcriado que sigue haciendo su capricho” o la del terco que solo hace su voluntad... y nada más. Porque parece increíble estar con la “terquedad” de no querer proponer las ternas de las personas dentro de las cuales la Asamblea Legislativa deberá elegir a los dos designados a la Presidencia de la República según el art. 168 numeral 16 de la Constitución, que trata de las atribuciones y obligaciones del presidente.

Es por segunda vez que se publica tema tan importante, para que deje semejante “letargo” en que ha caído el presidente Funes, de no querer tener designados a la Presidencia.

Como que los asesores de la Presidencia están opacados, mejor dicho sumamente “callados”, no dicen esta boca es mía, como que si no se estuvieran jugando la sucesión presidencial. Por la situación que pinta, hemos llegado ante tal negligencia de continuar sin designados, llegando al grado de una irresponsabilidad, que nos vemos obligados a ponerle una situación al presidente.

Dios no lo quiera, pero el señor presidente pudiera tener un accidente natural o no natural o de otra naturaleza, y automáticamente asumirá el cargo su vicepresidente quien ha manifestado opiniones antagónicas a su estilo de gobernar y él seguramente por decisión propia o partidaria procederá en forma inmediata a postular sus designados para prevenir su propia vacante. Y estaríamos en una situación distinta a cuando el pueblo se manifestó electoralmente a favor de la persona del actual presidente de la República.

Con semejante negligencia de lo que está ocurriendo con los designados a la Presidencia de la República, se ha abierto la falla constitucional que en dicha Constitución no fue fijado el tiempo y el límite en que debería de proponerse “las ternas de personas” que entre las cuales debería la Asamblea Legislativa elegir a los dos designados a la Presidencia de la República.

Por otra parte, se hace necesario darle una buena revisada a la Constitución, especialmente en todos los artículos que se refieran a los “tiempos y períodos” para que se ejecuten las elecciones de los funcionarios de segundo grado. Sobre entendido que la base fundamental de estas elecciones sea la probidad, capacidad y honradez, talvez consignando a dichos artículos tiempo y límite los señores congresistas cumplan a tiempo para elegir a los funcionarios, talvez así llegamos algún día a tener funcionarios nombrados correctamente del período que venció su vigencia

Se seleccione juristas constitucionalistas, que sí los hay; se debería nombrar una comisión especial de entendidos para la revisión de la Carta Magna y al mismo tiempo se nombre la comisión de estilo compuesta por gramáticos que saben redactar para que el trabajo se haga bien hecho, con conocimiento de causa y gramaticalmente bien redactado.

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