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2010/05/03

LPG-La elección de consejales al CNJ

Una de las entidades con nacimiento constitucional menos conocidas por la comunidad es el Consejo Nacional de la Judicatura, (CNJ).

Escrito por Centro de Estudios Jurídicos / el Imperio del Derecho.03 de Mayo. Tomado de La Prensa Gráfica.

 

Sin embargo, este organismo, que fue redefinido y reestructurado a partir de los acuerdos de paz, tiene importancia de primer orden en el sistema de justicia, pues dentro de sus atribuciones se encuentran proponer a la Asamblea Legislativa una lista de candidatos para la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en la época y forma correspondiente; y proponer a la Corte las ternas de candidatos para los cargos de magistrado de Cámara de Segunda Instancia, juez de Primera Instancia y juez de Paz.

La conformación del sistema judicial con los funcionarios idóneos depende de esta entidad. De ahí que el Consejo debe estar formado por juristas que tengan una visión técnica y de probidad en sus propuestas, y no con móviles de compadrazgo, o, peor aún, con ambiciones personales que llegan al extremo de realizar autopropuestas, como fue el caso vergonzoso de la última elección de magistrados a la Corte.

Es de mencionar que dentro de los miembros del Consejo, se encuentra la representación de los jueces, del Ministerio Público, de las universidades y del sector de abogados en libre ejercicio.

En cuanto a este último sector, la ley establece: “Todos los Abogados de la República, que no se encuentren suspendidos o inhabilitados por la Corte Suprema de Justicia, con exclusión de los que pertenecen a otro de los sectores representados en el Pleno del Consejo, elegirán entre ellos, mediante votación directa, igualitaria y secreta, seis ternas, tres de las cuales servirán para la elección de Consejales Propietarios y las otras tres para la elección de Consejales Suplentes. La Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES) organizará y administrará la elección en toda la República; todo aquel abogado que ejerza cargo público, no podrá ser propuesto a miembro del Consejo Nacional de la Judicatura, pero podrá emitir su voto, a tal efecto”. Debe entonces, la Asamblea Legislativa, nombrar a los nuevos consejales a partir de dichas ternas.

Estamos a las puertas de las elecciones a consejales para el CNJ, las cuales se llevarán a cabo el próximo 8 de mayo, con la participación de 32 candidatos. Lamentablemente, la administración del proceso eleccionario ha sido poco transparente, pues existe un grupo predominante bajo el liderazgo de dos funcionarias judiciales que imponen sus decisiones, aun al margen de la ley. Por ejemplo, no obstante que la ley es clara en cuanto a que en este tipo de elecciones existe la prohibición y la inhabilitación para los funcionarios públicos de participar como candidatos, de forma arbitraria, la FEDAES, con la oposición expresa del Centro de Estudios Jurídicos, ha inscrito algunos funcionarios como registradores del Centro Nacional de Registros y al presidente de la Junta de la Carrera Docente del Departamento de Santa Ana.

Si estos actuales funcionarios han sido capaces de mantener sus candidaturas transgrediendo la ley, sin importarles ningún derrotero ético y jurídico con tal de satisfacer sus ambiciones personales, ¿qué esperaríamos de ellos, una vez fungiendo como consejales? Verdaderamente, no necesitamos ser clarividentes para vaticinar que tal circunstancia significaría una crisis institucional del Consejo, la cual afectaría irremediablemente al país, pues serían tales sujetos los encargados de proponer los nuevos magistrados a la Corte Suprema durante dos períodos.

Por tanto, es oportuno advertir a los juristas que aún creen en el imperio del derecho, que un voto a favor de tales funcionarios es ineficaz, pues dada su inhabilidad manifiesta, la Asamblea Legislativa no podría elegirlos, so pena que tal acto sea absolutamente ilegal e ilegítimo. Pero hasta el 8 de mayo, la decisión depende de los abogados con capacidad de voto. Ojalá meditemos el sufragio y hagamos lo correcto.

La elección de consejales al CNJ

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