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2011/01/26

LPG-¿Nuevas leyes penales para suizos… tontos?

 Escrito por Ivo Príamo Alvarenga.26 de Enero. Tomado de La Prensa Gráfica. 
ipalvarenga@telemovil.net

Cuando estaba por entrar en vigor el Código Procesal Penal vigente hasta el 1.º de enero, yo era juez de Primera Instancia. Para aspirar a juez de Sentencia, figura creada por el nuevo ordenamiento, participé en diversas actividades de capacitación, incluyendo una gira por Estados Unidos para ver de cerca el proceso norteamericano, cuya oralidad era uno de los avances que el naciente cuerpo de leyes quería incorporar a nuestro país.

La primera clase que recibí la impartió un argentino, petulante como todos sus compatriotas que vinieron a dar asesoría para la elaboración del Código. Era segunda vez, de dos días cada una, que visitaba El Salvador. Pero a quienes le hacían notar las contradicciones entre el proyecto de Código y la realidad salvadoreña, aunque se tratase de jueces con muchos años de experiencia, los reprimía altaneramente porque, según él, insultaban a la inteligencia de los salvadoreños al creerlos incapaces de absorber las nuevas tendencias científicas que incorporaba el nuevo Código.

Después de esa primera lección, corroborada en cuanta oportunidad tuve de estudiar el proyecto, me pareció que recogía instituciones alejadas de nuestra vida nacional, algunas de las cuales supe que no existían en la legislación de ningún país, aparte un proyecto de código de la provincia de Buenos Aires. Alguien tildó al nuevo Código de “leyes para suizos”, epíteto que si bien tuvo fortuna, pues fue adoptado por muchos, era inexacto porque no había suizos tan tontos como para aceptar las normas que, a manera de experimento, se introdujeron en El Salvador.

Hace pocos días, el 23 de diciembre, un alto funcionario vinculado recientemente a la seguridad pública, quizás después de darse de bruces contra el muro de una realidad cotidiana que nunca había visto tan de cerca, afirmó que el sistema judicial es lento y demasiado garantista. Tiene razón, salvo en que equivocó el epíteto y se quedó corto. El “sistema judicial” no es el despacioso, sino los tribunales de lo penal, incluyendo los de menores y anexos. Tampoco el sistema es lento; sino burocrático, aherrojado a ciertos formalismos que lo vuelven despacioso hasta la desesperación, mientras se suponía que el Código recién derogado agilizaría los procesos. Lo hizo quizás con relación al proceso escrito que lo precedió, pero en muchos aspectos quedó igual o peor. Tiene razón el funcionario al calificarlo de demasiado garantista, pero yo lo he llamado desde la primera clase en que lo conocí, “híper garantista”.

El Código nacido este año intenta corregir algunas fallas del fenecido. Esperemos que no termine como el inspirado por los asesores argentinos, para quienes si la realidad y la teoría entran en choque, hay que cambiar la realidad.

Algo de eso es de temer. El Código pasado tardó cinco meses en recibir su primera de las más de 200 reformas que sufrió. El actual a solo tres días de alumbrado ya estaba siendo reformado. Nada menos que para paliar el descuido de sus autores, quienes no se fijaron en que los juzgados de Paz tienen locales inadecuados para las atribuciones que se les imponen.

Eso mismo hizo el Código sustituido, al cargar a la Fiscalía, con base en pura doctrina, obligaciones para cumplir las cuales no tenía, no tiene, ni tendrá jamás, los recursos suficientes. Ahora, para remediar ese error garrafal, se vuelve a la acusación particular en ciertas circunstancias, quitando el monopolio de la acción penal al Estado, contrariando a los “sabios” del Derecho Penal, que la comparaban a la época prehistórica de la venganza privada. Los hechos, se dice, son testarudos. Así se muestran otra vez.

¿Nuevas leyes penales para suizos… tontos?

2 comentarios:

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