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2011/01/16

LPG-Plata o plomo

 Escrito por Ernesto Rivas Gallont.16 de Enero. Tomado de La Prensa Gráfica. 
netorivas@gmail.com

Durante su primera semana en el cargo, jueces colombianos y funcionarios públicos involucrados en la lucha contra el narcotráfico recibían un mensaje de Pablo Escobar, que simplemente decía “¿Plata o plomo?”

La estrategia de Escobar resultó tan notoriamente efectiva que llegó a amenazar la democracia colombiana. El primer objetivo de Escobar era el poder judicial, pero los de Plata o Plomo hicieron que todo funcionario colombiano viviera en un ambiente de miedo o bajo sospecha de estar contaminado.

La decisión del funcionario no era difícil. Todos, o la mayoría, estaban protegidos por inmunidad. La persona protegida por inmunidad constitucional se siente segura que no podrá ser procesada por acciones criminales que pueda cometer.

En El Salvador hemos visto cómo después de un antejuicio parlamentario, el ex diputado por La Unión Roberto Silva Pereira fue despojado de su inmunidad y así fue enjuiciado y hoy guarda prisión en Estados Unidos esperando ser extraditado a El Salvador o Guatemala, donde se le reclama como la persona que ordenó el asesinato de los parlamentarios salvadoreños en febrero de 2007, en venganza por su desaforación.

Como lo hemos dicho, esa acusación o sospecha no tiene credibilidad y es evidente que en el caso de los parlamentarios asesinados uno o más de ellos fue víctima de la terrible sentencia, Plata o Plomo.

La inmunidad en materia penal en El Salvador no solo abarca a los diputados, sino además a los siguientes funcionarios públicos: 1) Presidente y Vicepresidente de la República; 2) los designados a la Presidencia; 3) los Ministros y Viceministros de Estado; 4) el Presidente y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de las Cámaras de Segunda Instancia; 5) el Presidente y Magistrados de la Corte de Cuentas de la República; 6) el Fiscal General de la República; 7) el Procurador General de la República; 8) el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos; 9) el Presidente y Magistrados del Tribunal Supremo Electoral; y 10) los representantes diplomáticos. (Art. 236 Cn.)

El artículo 239 de la Constitución dispone que los Jueces de Primera Instancia, los Gobernadores Departamentales, los Jueces de Paz y los demás funcionarios que determine la ley, serán juzgados por los delitos oficiales que cometan, por los tribunales comunes, previa declaratoria de que hay lugar a formación de causa, hecha por la Corte Suprema de Justicia. Los antedichos funcionarios estarán sujetos a los procedimientos ordinarios por los delitos y faltas comunes que cometan.

Actualmente estamos viendo en México el funcionamiento alarmante de la sentencia Plata o Plomo que está sangrado mortalmente al país y a centenares de ciudadanos civiles y militares.

Pero hay también en México muchos ciudadanos protegidos por los carteles que han preferido la Plata no solo para acumular riqueza, sino para preservar sus vidas.

Lo que lo anterior comprueba es que típicamente la violencia va de la mano con la corrupción. Por otra parte, la probabilidad de castigo cambia la naturaleza de la situación, de suerte que la Plata ofrece simultáneamente un escudo protector contra persecución criminal o judicial.

Las autoridades deben estar alertas para identificar las condiciones bajo las que la influencia puede llegar a tomar la forma de Plata o Plomo y si ello podría resultar en mayor corrupción y gobernabilidad deteriorada.

El peligro está en ciernes. Por ahora los narcotraficantes se valen de jóvenes miembros de pandillas organizadas a quienes les pagan con producto que es vendido en el mercado local. Eso está creando hábito peligroso que crece en la medida que el territorio nacional es utilizado en el siniestro negocio.

Lea más hoy en mi blog, http://blog.netorivas.net

Plata o plomo

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