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2009/11/17

Leyes laborales, frágiles de romper

Muchos trabajadores salvadoreños desconocen sus derechos laborales lo que lleva a que algunos empresarios abusen de sus empleados, todo en medio de una crisis económica que es aprovechada por algunos de estos empleadores.

Escrito por Miguel Marroquín. 17 de Noviembre. Tomado de La Pagina.

“Lo sentimos mucho, pero la gerencia ha decidido prescindir de tus servicios profesionales”. Esas fueron las últimas palabras que Adán Mancilla escuchó de su jefe inmediato superior en una agencia de viajes. Desde ese momento Adán ingresó a la larga lista de desempleados salvadoreños que son víctimas de la denominada “crisis económica mundial” que golpea fuertemente diferente rubros en El Salvador como el caso de las maquilas, diferentes industrias, construcción entre otros  que ya ha sido denunciado por diferentes sindicatos salvadoreños.

Adán Mancilla es un hombre de 35 años, cabeza de una familia de cinco integrantes, su esposa Susana trabaja como cosmetóloga donde apenas gana tres dólares diarios, por lo que el sueldo de Adán era el que sostenía la economía del hogar.

“Ese día, al escuchar esas palabras solo pensé en mis hijos, en las deudas, en como iba a afrontar los gastos de mi hogar” dice Mancilla. El ex empleado recuerda que buscó un par de bolsas para recoger las pertenencias y en medio de un silencio casi sepulcral por parte de sus compañeros de labores, cerró por última vez la puerta de vidrio por la cual 11 meses antes había entrado por primera ocasión para ser contratado y ahora salía hundido en un mar de incertidumbre.

“Cuando fui contratado en ese lugar no firme ningún contrato, solo fue de palabra el arreglo de mi pago, no me descontaban renta,  AFP ni seguro social, por lo que me sentí un poco liberado de pagar esas cosas” comenta Mancilla.

Sin embargo, agrega que el día del despido su entonces jefe le dijo que el pago de los días laborados se le haría efectivo hasta el último del mes, como a cualquier trabajador de la agencia de viajes, sin mencionarle que como a todo trabajador salvadoreño cesado tenía derecho a una indemnización por el tiempo laborado tal y como estipula del Código de Trabajo de El Salvador.    

“La ley es la ley y nadie esta sobre ella”

Según Carlos Valdez, encargado de la sección de supervisión de inspección de trabajo del Ministerio de Trabajo de El Salvador, de la región occidental ubicada en Santa Ana, casos como el de Adán Mancilla son muy comunes en la población salvadoreña, pero el desempleado tiene miedo de poner la denuncia de las violaciones laborales por una posible repercusión posterior o porque no tienen conocimiento de sus derechos como trabajadores.

“Las denuncias que atendemos en su mayoría son por la falta del pago de los salarios y por las vacaciones de los trabajadores, pero la población salvadoreña tiene miedo a denunciar las violaciones laborales porque puede causar un efecto negativo a la hora de buscar otro trabajo y en otros casos porque desconocen que tiene ciertos derechos”

Efectivamente, Mancilla confirmó que no puso la denuncia debido a que el dueño del lugar donde trabajaba tenìa “conectes” con otros empresarios salvadoreños y que le da temor que se haga publica una denuncia entre los empresarios y se le nieguen el derecho al trabajo.

LA PÁGINA  expuso el caso de Mancilla al trabajador del Ministerio de Trabajo. “Mire, no importa si a la hora de contratarlo se firmó o no un contrato, si fue de palabra, él tiene derecho a una indemnización laboral como lo establece el Código de Trabajo”. “Aquí pueden venir hasta trabajadores de un taller mecánico a poner denuncias laborales y en esos lugares la mayoría de veces no se firma ningún documento que diga que está contratada una persona” agregó

El Código de Trabajo en su capitulo I artículo 20 dice que  “Se presume la existencia del contrato individual de trabajo, por el hecho de que una persona preste sus servicios a otra por más de dos días consecutivos. Probada la subordinación también se presume el contrato, aunque fueren por menor tiempo los servicios prestados”

Asimismo el código es muy claro en el punto de la indemnizaciones  en su capítulo VIII, artículo 58 el cual dice que cuando un trabajador contratado por tiempo indefinido, fuere despedido de sus labores sin causa justificada, tendrá derecho a que el patrono le indemnice con una cantidad equivalente al salario básico de treinta días por cada año de servicio y proporcionalmente por fracciones de año. En ningún caso la indemnización será menor del equivalente al salario básico de quince días.  

“En el caso de que el ofendido tenga temor a que se tome algún tipo de represaría contra su persona, basta con que alguna persona, un familiar o amigo, haga la denuncia, puede hacerla en las diferentes oficinas del  Ministerios de Trabajo de la república o simplemente llamando por teléfono para hacer la denuncia. El tiempo de la inspección no excede a las 48 horas” explicó Valdez

“Leyes igualitarias para todos los salvadoreños”

Mancilla recuerda que en algunas ocasiones el pago por sus servicios profesionales se le había atrasando, presuntamente por crisis económica lo que en más de una ocasión llevó a pagar un excedente en los préstamos personales y tarjetas de crédito, así como tener que estar escuchando llamadas telefónicas a su vivienda por parte de algunos acreedores, todo por la impuntualidad del pago por parte la empresa en la cual laboraba.

“Si cuando a un trabajador se le contrata claramente se le dice que fecha son los pagos, pero si esa fecha se vuelve variable sin una fuerte justificación, el empleado tiene todo el derecho de denunciarlo ante el Ministerio de Trabajo” señaló Carlos Valdez.

El Código de Trabajo establece las formas de pago de los servicios profesionales en el título tercero, capitulo I artículo 130 cuando dice que “el pago del salario debe realizarse en la fecha convenida, en la establecida en el reglamento interno de trabajo”.

Para Sandra Mendoza, abogado y notario de la república, las leyes plasmadas en el Código de Trabajo son totalmente claras e igualitarias para todos los trabajadores salvadoreños.

“Con respecto a la jornada laboral, el trabajo diurno no debe exceder de las ocho horas diarias, es decir 44 horas a la semana, mientras que en las horas nocturnas lo establecido son siete horas”. “En caso de trabajar las llamadas horas extras por las noches o en días feriados que establece la constitución de la república, se recibirá un monto aparte” explica la abogada.

Para la abogada, el trabajador tiene cierta culpa en que se sigan violando los derechos laborales en el país, pues al denunciar estos actos, el Ministerio de Trabajo tiene la obligación de investigar las irregularidades y abusos por parte de los empleadores.

“En este sentido el empresario está abusando mucho de los trabajadores, no importa si trabaja en la industria de los textiles, si es enfermera, periodista, policía o secretaria, ningún absolutamente ningún empresario puede obligar a trabajar más de las horas estipuladas por la ley y si es así la ley le exhorta a pagar el tiempo más de trabajo, así como debe respetar los días festivos y si se trabaja en los días que la ley demanda como para descansar,  pues el patrono esta en la obligación de reponerle al trabajador el día laborado, de lo contrario el empleado puede poner la denuncia por la violación a estos derechos constitucionales y así evitar que muchos empresarios sigan faltando a la ley”.

Mientras tanto Adán ahora sigue en la búsqueda de un nuevo trabajo, en un país donde la economía laboral es muy pobre aún, donde los trabajos cada vez son más y más escasos y las violaciones laborales siguen a la alza.

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