Julia Regina de Cardenal.17 de Marzo. Tomado de El Diario de Hoy.
Cuando un gobierno hace las cosas bien, da a conocer su labor. Pero cuando sabe que la mayoría de los ciudadanos objetarán una acción y que atenta contra la soberanía nacional, la hace a escondidas.
La población salvadoreña está decepcionada de las promesas incumplidas del "cambio", que lejos de mejorar la crisis social y económica, la ha agudizado. Sube el costo de la canasta básica, de la gasolina, la electricidad, el agua, el desempleo, falta de inversión, etc. La violencia y el crimen nos tienen aterrorizados, los servicios de salud y de educación son deficientes.
En vez de resolver estos problemas, recientemente funcionarios de este gobierno --que juraron defender las le- yes--, debajo de agua han deshecho logros de gobiernos anteriores en defensa de nuestra soberanía y derechos humanos. Estos actos atentan contra la Constitución y demás leyes y tendrán gravísimas consecuencias en contra de la vida de los más pobres, de la familia y de los derechos de los padres como primeros educadores de sus hijos.
En las cumbres internacionales de la ONU, comenzando por la de Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD) en El Cairo en 1994, los países menos desarrollados han tenido grandes presiones para cambiar sus leyes sobre el respeto a la vida, el matrimonio, los derechos de los padres, etc. El Salvador logró poner reservas muy importantes en el documento final de la CIPD, que nos protegen ante estas amenazas que se repiten en cada reunión internacional.
Las reservas o declaraciones interpretativas que se pueden hacer en los documentos negociados en dichas conferencias, fueron creadas como un derecho de las delegaciones para expresar y aclarar conceptos o terminología que puede ser interpretada de diversas formas, pudiendo atentar contra su ordenamiento jurídico o soberanía nacional. Algunas de las oportunas reservas que la delegación oficial salvadoreña hizo en la CIPD, que este gobierno recién retiró son:
*"El aborto provocado, la interrupción del embarazo o ninguna sustancia o método abortivo bajo ningún concepto podrán ser considerados como medio de planificación familiar, regulación de la fecundidad, contracepción, derecho reproductivo, salud sexual o reproductiva".
*"Somos países latinoamericanos signatarios de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). El Art. 4 de la Convención señala claramente que la vida debe protegerse desde el momento de la concepción... Por ese motivo, en lo que se refiere al Principio 1, el Programa de Acción, nos asociamos a la reserva: consideramos que la vida debe protegerse desde el momento de la concepción".
*"En lo que se refiere a la familia, deseamos expresar reservas concretas sobre la forma en que se interpretará la expresión "diversos conceptos de familia", ya que la unión es entre hombre y mujer, tal como se define en nuestro Código de la familia y en la Constitución de nuestra República".
*"En lo que respecta a los derechos reproductivos, la salud reproductiva y la planificación de la familia, deseamos expresar reservas, tal como han hecho los demás países de América latina; nunca debemos incluir el aborto en estos conceptos".
*"Al referirnos a la familia en su pluralidad de formas, en ningún caso podemos cambiar el origen y fundamento de la familia, que es la unión entre el hombre y la mujer, de la que se derivan los hijos".
En varias cumbres se ha expresado que la salud y derechos reproductivos incluye el aborto. La última que lo hizo fue Hilary Clinton. Por esto pedimos al Presidente de la República que cumpla su juramento y que así como destituyó a la ex directora del ISDEMU pida cuentas a los que han retirado las reservas de las cumbres, necesarias para resguardar nuestra soberanía y vuelvan a colocarlas según lo establece nuestra legislación:
*El Salvador es un Estado soberano, Art. 83 Cn.
*La jerarquía de su ordenamiento jurídico sitúa en primer lugar a su Constitución, por encima incluso del Derecho Internacional, y prohíbe ratificar los tratados en que se restrinjan o afecten de alguna manera las disposiciones constitucionales, a menos que la ratificación se haga con las reservas correspondientes, Art. 145 Cn.
*El Salvador reconoce que los padres tienen el derecho preferente a escoger la educación de sus hijos, Art. 55 Cn., Art. 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y Art. 18 de la Convención Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos.
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