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2010/12/04

LPG-Sala de lo Constitucional libera condenada por extorsión

 Acordó sacar de prisión a sentenciada a 15 años de prisión, por considerar que Sala de lo Penal no le respetó tiempo máximo de detención. Magistrados de lo Penal advierten del riesgo de poner en libertad a otros reos, como Mario Belloso.

Escrito por Jessica Ávalos.04 de Diciembre. Tomado de La Prensa Gráfica. 

 

A mí que no me diga Florentín que no han ordenado poner en libertad a nadie, si ahí está su firma en la sentencia. Aguanté pedradas sin decir pío, pero esto trae consecuencias.”

Rosa María Fortín, presidenta Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia

Si están llegando a la Asamblea a poner quejas es un atropello judicial. No hemos ordenado poner en libertad a nadie. No resuelven rápido los recursos.”

Florentín Meléndez, magistrado de Sala de lo Constitucional

judicial

La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) advirtió ayer que la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia que da paso a que la mayoría de reclusos que han sido condenados por algún delito obtengan su libertad si presentan un recurso de exhibición personal (hábeas corpus) por la demora con que la Sala de lo Penal resuelve las casaciones (instrumento para anular o confirmar las condenas).

La Sala de lo Constitucional ordenó el pasado 4 de noviembre poner en libertad a una mujer que había sido condenada a 15 años de prisión, por el delito de extorsión. Ella fue encontrada culpable en un tribunal de Sonsonate, en octubre de 2007. Un mes más tarde interpuso un recurso de casación en la Sala de lo Penal, el cual hasta octubre pasado (tres años después) todavía no había resuelto.

El artículo 6 del Código Procesal Penal establece que las detenciones provisionales no pueden exceder 24 meses cuando se trata de delitos graves, o 12 cuando se trata de menos graves. La mujer apeló con un hábeas corpus ante la Sala de lo Constitucional, quien resolvió que su encarcelamiento era inconstitucional, porque le estaban violando el plazo máximo de la medida cautelar, su seguridad jurídica y presunción de inocencia.

Los magistrados de lo Penal temen que este sea el inicio de una ola de liberaciones, porque la mayoría de procesos que están en esa sala tienen el plazo de caducidad vencido o a punto de vencerse.

En la Sala de lo Penal hay procesos abiertos, con plazos vencidos o a punto de vencer, como el de Mario Belloso, quien fue condenado a 35 años de prisión por el asesinato de dos policías, pero que su caso se encuentra en revisión porque la Fiscalía General de la República (FGR) no quedó conforme con la condena.

“Ellos rompen con más de 10 años de jurisprudencia constitucional. Si ya nos llegan la mayoría de los casos con el plazo vencido o con el filo del plazo vencido, ¿se imagina la cantidad de gente que tenemos que poner en libertad?”, apuntó la presidenta de la Sala de lo Penal, Rosa María Fortín.

El magistrado de la Sala de lo Constitucional, Florentín Meléndez, había dicho la semana pasada que con las condenas a la Sala de lo Penal no estaban ordenando poner en libertad a nadie. Sin embargo, la magistrada confirmó que el 5 de noviembre tuvieron que hacer efectiva la orden de liberar a la condenada por extorsión.

La liberación de la mujer, y otras sentencias más firmadas en las últimas semanas por la Sala de lo Constitucional, fue el detonante para que los magistrados de lo Penal se abocaran a la Asamblea Legislativa para que elabore una interpretación auténtica del artículo 6 del Código Procesal.

Los magistrados de la Sala de lo Penal consideran que el plazo límite que da la ley para la detención provisional deja de contar en el momento en que un juez de primera instancia emite condena.

“Me molestó que dijeran que fuimos a poner queja a la Asamblea, porque no somos niños para andar poniendo quejas. Las consecuencias de un cambio de interpretación son bien difíciles. Son pocos los casos que vienen sin el plazo vencido a la sala”, dijo la presidenta de la sala.

Los antecedentes

Ya había habido un antecedente similar al de la mujer liberada. La anterior Sala de lo Constitucional ordenó a la de lo Penal poner en libertad al médico Yomar Vallejo, condenado de favorecer a la empresa ONCOSERVICE para que obtuviera contratos en el Seguro Social, porque se le venció el plazo de 24 meses de detención provisional. Después, la Sala de lo Penal ratificó que el médico era culpable, pero este ya se había fugado. No ha sido recapturado.

Por antecedentes como este es que los magistrados de la Sala de lo Penal consideran que es un riesgo el criterio adoptado por los otros magistrados.

Por su parte, la Sala de lo Constitucional explicó esta semana a través de un comunicado que esta diferencia de criterios no significa una nueva pugna interna en la CSJ. No obstante, el presidente de esa sala y presidente de la Corte, Belarmino Jaime, giró un memorando a todas las salas para defender los fallos emitidos por su sala.

Sala de lo Constitucional libera condenada por extorsión

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