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2011/05/02

LPG-El Primer Constituyente Salvadoreño

 En el entorno de la guerra de independencia de España frente a la ocupación francesa, las Cortes de Cádiz convocadas por las Juntas Generales en 1810, llamó “a los americanos” para integrar la Asamblea con un diputado por cada Provincia, tornándose esa Constitución, promulgada el 19 de marzo de 1812, en fuente original del derecho constitucional centroamericano. La constitución fue derogada por Fernando VII en 1814 y reimplantada cinco años después.

Escrito por el Imperio del Derecho.02 de Mayo.Tomado de La Prensa Gráfica. 

 

El capitán general González Mollinedo y Saravia lo comunicó a las Provincias centroamericanas el 22 de mayo de 1810 y el Reino de Guatemala eligió seis diputados, dentro de los treinta que correspondían a Ultramar: Mariano Roble por Chiapa; Antonio Larrazábal, por Guatemala; José Antonio Ávila, por El Salvador; Francisco Morejón, por Honduras; José Antonio López de la Plata, por Nicaragua; y Florencio del Castillo, por Costa Rica.

El diputado salvadoreño José Antonio Ávila, presbítero oriundo de San Miguel, fue uno de los padres y suscriptores del primario texto constitucional, Código gaditano de 1812, que consignó la soberanía de la nación y que eran ciudadanos los hombres libres de los dominios de ambos hemisferios, y un cúmulo de derechos y prerrogativas a los ciudadanos, dado que América y España formaban una sola familia, entre ellos la libertad de imprenta.

Al padre José Antonio Ávila cupo la significativa misión de pedir, desde su primera intervención, el 21 de marzo de 1810, en nombre de la Provincia de San Salvador, que se erigiese como Arzobispado; él actuó en cumplimiento del documento llamado “Instrucciones”, según consta en la obra del doctor Ricardo Gallardo “Las Constituciones de la República Federal de Centroamérica”, publicada por el Instituto de Estudios Políticos de Madrid en 1958 y en su libro “Las Constituciones de El Salvador”, Ediciones Cultura Hispánica, Madrid, 1961. El historiador Jorge Lardé y Larín reseña que, desde 1770, monseñor Pedro Cortés y Larraz, tercer arzobispo de Guatemala, había expuesto esta aspiración de San Salvador, que se elevó a Carlos III en 1778, la que después de la independencia generó el conflicto relativo a la Mitra que decretó nuestra Asamblea, que nombró obispo al padre José Matías Delgado.

Las Instrucciones de nuestros diputados, atribuidas a José María Peinado, más tarde intendente de San Salvador, refiriéndose a las redactadas por José de Aycinena y Antonio Juarros, han sido calificadas como un verdadero Código político, penal, administrativo y económico.

Una debatida declaración de los diputados regionales, denominada “Representación de la Diputación Americana a las Cortes de España del 1 de agosto de 1811”, que reclamaba la igualdad de representación, fue firmada por José Antonio Ávila.

Las autoridades españolas en Centroamérica se negaban a dar cumplimiento a la Constitución de Cádiz, que habían jurado; así, el capitán general José de Bustamante y Guerra se opuso al sistema democrático de Diputación Provincial, pues sostenía el absolutismo, un mando cruel y despótico sobre estos pueblos, ansiosos de libertad, lo que dio lugar en Cádiz a una Comisión de Queja de los representantes del Istmo, José Antonio Ávila entre ellos.

Las ideas constitucionalistas, además del régimen opresivo y la anarquía en España, fueron causas de los movimientos insurreccionales, que conmemoramos en el bicentenario del Primer Grito de independencia de Centroamérica, dado el 5 de noviembre de 1811 en San Salvador, cuando nuestros próceres sostuvieron el alzamiento popular que depuso sin excesos al intendente Antonio Gutiérrez y Ulloa. Así se abrió el surco para la Independencia Patria del 15 de septiembre de 1821, transcurridos 10 años. Para entonces estaba por segunda vez en vigor la Constitución de Cádiz, que creó un marco jurídico representativo en las provincias americanas.

El Primer Constituyente Salvadoreño

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