Cancillería, la UCA y Pro-Búsqueda firmaron un convenio de cooperación para brindar atención psicosocial a la familia Serrano Cruz. Los honorarios de la atención tendrán un costo de 18 mil dólares.
26 de Enero. Tomado de La Página.
El Canciller de la República, Hugo Martínez; el Rector de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas”, José María Tojeira; y el Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos, José Lainez; firmaron un convenio de cooperación para brindar atención psicosocial a la familia Serrano Cruz.
La familia Serrano Cruz en 1993 denunció, ante el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, la desaparición de sus hijas Ernestina y Erlinda, de siete y tres años, ocurrida el día 2 de junio de 1982, a manos de miembros del Ejército salvadoreño. En ese entonces la institución militar había impuesto la campaña denominada “Operación Limpieza”, al norte de ese departamento.
El 1º. De marzo de 2005, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dictó sentencia al Estado salvadoreño, en la cual estipuló que es obligación del Estado proporcionar atención psicosocial a Suyapa, José Fernando, Martha, Arnulfo, María Rosa, Oscar, así como a Erlinda y Ernestina (en caso de ser encontradas), todos de apellido Serrano Cruz.
Según el acuerdo, el Departamento de Psicología de la UCA proporcionará la atención psicosocial requerida, cuyo costo total será cubierto por esta cancillería. Los honorarios de la atención psicosocial tendrán un costo total de $18,000 por un período de dos años.
Trayectoria del caso
El proceso penal fue archivado en varias oportunidades, por lo que en 1999, la Asociación Pro-Búsqueda y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional – CEJIL- demandaron al Estado salvadoreño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, que en su informe de fondo emitido en marzo de 2003, estableció la responsabilidad del Estado Salvadoreño en la desaparición forzada de ambas niñas.
Ese mismo año, la CIDH presentó demanda a la Corte Interamericana contra el Estado Salvadoreño por la violación al derecho a la vida, libertad personal, al nombre, a la integridad personal, garantías judiciales, protección a la familia y protección judicial, en perjuicio de Ernestina y Erlinda y su familia.
Durante el juicio, el Estado trató de probar que las niñas no habían existido.
Argumentó, además, que la Corte no era competente para conocer el caso debido a que El Salvador ratificó la competencia de ésta hasta en 1995.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, aceptó su falta de competencia para juzgar al Estado Salvadoreño por hechos ocurridos antes de 1995, por lo que en su sentencia de fondo y reparaciones de marzo de 2005, únicamente condenó al Estado de El Salvador por la violación a la integridad personal de la familia Serrano Cruz, así como por la violación a las garantías judiciales y la protección judicial efectiva de Ernestina y Erlinda Serrano Cruz y de su familia.
La Corte ordenó al Estado reparar dichas violaciones mediante la creación de una Comisión Nacional de Búsqueda, la publicación del capítulo de hechos probados de la sentencia, designación de un día dedicado a los niños y niñas desaparecidos durante el conflicto armado, tratamiento médico y psicológico gratuito a los familiares de Ernestina y Erlinda y para ellas en caso de ser encontradas, creación de una página web de búsqueda, acto público de reconocimiento de responsabilidad y de desagravio a las víctimas, creación de un banco de perfiles genéticos, pago de indemnizaciones económicas y costas procesales.
Entre las medidas de reparación, este tribunal internacional también ordenó que el Estado salvadoreño debía investigar efectivamente la desaparición de Ernestina y Erlinda e identificar y sancionar a los responsables, para lo cual le advirtió abstenerse de recurrir a figuras como la amnistía, la prescripción y excluyentes de responsabilidad.
Transcurridos tres años de emitida la Sentencia, el Estado salvadoreño ha cumplido parcialmente las medidas de reparación, negando inicialmente la condena y acatando el fallo de la Corte ante la demanda pública de las víctimas y de la comunidad nacional e internacional.
Fue hasta en enero de 2007 que la Asamblea Legislativa sustituyó el decreto del “Día del reencuentro familiar de niños y niñas que por diversos motivos se extraviaron durante conflicto armado de El Salvador” por el “día de las niñas y niños desaparecidos a consecuencia del conflicto armado”; asimismo, se ha cumplido con la publicación de la sentencia, el pago de las indemnizaciones a la familia Serrano Cruz y las costas procesales.
A pesar que la familia Serrano Cruz no se dio por satisfecha y consideró que el acto público celebrado por el Estado no constituyó un reconocimiento de sus responsabilidades y un desagravio a las víctimas, la Corte dio por cumplido este punto.
No obstante, el Estado sigue sin cumplir adecuadamente lo relativo a la creación de la Comisión Nacional de Búsqueda, en tanto que en este caso creó la “Comisión Interinstitucional de Búsqueda” la cual no reúne los parámetros dictados por la Corte y ha actuado en contravención a los intereses de las víctimas; lo mismo ha ocurrido con la asistencia médica y psicológica a la familia Serrano Cruz y el funcionamiento de la página Web de búsqueda.
El Estado salvadoreño ha incumplido, igualmente, la medida de reparación referida a investigar el paradero de Ernestina y Erlinda Serrano Cruz y determinar y juzgar a los responsables de su desaparición; por lo que a partir de octubre de 2005 la Asociación Pro-Búsqueda promueve acusación particular contra miembros de la Fuerza Armada, logrando que en el mes de junio de 2008 compareciera a declarar el Ex Jefe del Estado Mayor, General Rafael Flores Lima.
De igual modo en octubre de 2008 fue citado a declarar el ex-jefe de la Fuerza Aérea, general Juan Rafael Bustillo, ambos hechos inéditos en la lucha por la justicia en El Salvador. No obstante, la Fiscalía sigue negándose a requerir al Presidente de la República que proporcione los nombres de oficiales que participaron en el operativo militar en que desaparecieron ambas niñas, así como a promover las investigaciones para encontrarlas y determinar a los responsables.
Tampoco el Estado ha cumplido con la conformación de un banco de perfiles genéticos de las familias que buscan a sus niños y niñas desaparecidos.
Ante dichas actuaciones de El Salvador, la Corte Interamericana continúa con el proceso de supervisión de la sentencia, habiendo señalado los incumplimientos antes citados en dos oportunidades, en las resoluciones de supervisión de septiembre de 2006 y de julio de 2007.
La sentencia emitida por la Corte Interamericana, contra el Estado salvadoreño, constituye uno los hitos en la historia de lucha por la defensa de los derechos humanos en El Salvador y abre la esperanza a las víctimas para impulsar por la vía de la justicia la reivindicación de sus derechos.
Fuente: http://www.probusqueda.org.sv
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios que incluyan ofensas o amenazas no se publicaran.