Comentarios mas recientes

2010/04/07

LPG-Condenan a LPG por publicar foto de menor asesino

Las publicaciones, entre el 12 y el 16 de marzo, violaron el derecho de intimidad de un menor procesado por homicidio lo que está por encima de la libertad de prensa e información, dijo la jueza.

Escrito por Efren Lemus. 07 de Abril. Tomado de La Prensa Grafica.

 

Esperaríamos que no sea un precedente para la relación con los medios de comuni- cación, y que se esté tratando de buscar aquí una excusa para buscar como limitarnos, controlarnos o mantener una amenaza jurídica sobre el trabajo periodístico.”

Rafael Domínguez, presidente de la APES.

Me parece un muy mal precedente para todos los medios de comunicación, para la libertad de expresión del país y no necesariamen- te para LA PRENSA GRÁ- FICA. La jueza no ha actua- do en sano criterio, es una decisión aberrante.”

Narciso Castillo, director Noticias Canal 33.

Es lamentable y un terrible precedente que pone en entre dicho las prioridades de la justicia en El Salvador. Este fallo abre la posibilidad para que cualquier juez por menos arremeta contra la prensa en lugar de enfrentar a la delincuencia.”

Ricardo Chacón, editor jefe El Diario de Hoy

Frase.”

nombre, cargo

Plazo de ocho días

Publicar la identidad y las fotografías de un menor que, puñal en mano, asesina a un estudiante en una transitada carretera de San Salvador es una violación a su derecho a la intimidad, determinó ayer el Juzgado Segundo de Menores de San Salvador, el cual impuso una multa de 50 días de salario, equivalente a $346, contra LA PRENSA GRÁFICA (LPG).

“No existe duda que entre el derecho a la intimidad del menor Jonathan Alexander y la libertad de prensa e información del matutino LA PRENSA GRÁFICA, o el interés social que pudo haber generado la noticia, se debió privilegiar al primero, toda vez que cuando de menores se trata no puede nunca soslayarse el interés superior del niño”, reza la resolución que la juez María Isabel Ponce notificó ayer.

La tarde del 11 de marzo pasado, al utilizar un lente de larga distancia, un fotoperiodista de este rotativo captó el momento en que Jonathan Alexander forcejeaba con un estudiante del INFRAMEN, Carlos Garay. La víctima quedó tendida sobre la acera, mientras que el agresor huyó del lugar con una camiseta como trofeo. Unas tres horas después, Garay falleció en una sala del Hospital Rosales.

La Dirección Editorial decidió, en su momento, no publicar el rostro del estudiante fallecido, pero sí las imágenes y datos del presunto victimario, al aferrarse a la libertad de expresión y el derecho de la sociedad a estar informada.

Según la resolución judicial, esa decisión violentó el artículo 5, literal B, de la Ley Penal Juvenil y el artículo 8 de la Convención sobre los Derechos del Niño, disposiciones que velan por el derecho y la garantía de la intimidad. El periódico, dice la jueza, sabía de la transgresión legal porque la Policía detuvo a Jonathan Alexander en flagrancia y esa institución informó que era menor de edad. Y agrega: “Sin la publicación total de la fotografía reveladora del rostro, edad e identidad del menor, la noticia hubiera tenido el mismo efecto en la población”.

La Ley Penal Juvenil establece que la violación de esa disposición puede ser castigado con una multa de entre uno y 100 días de salario mínimo. En el presente caso, el Juzgado interpuso el término medio, (50), contra José Roberto Dutriz, presidente de LA PRENSA GRÁFICA. El director editorial, Gabriel Trillos, fue exonerado bajo el argumento que actúa bajo autorización del presidente de la empresa.

Arístides Perla, abogado del periódico, se mostró sorprendido con la resolución porque durante la audiencia —antes de las vacaciones de Semana Santa— el juzgado dijo que era un caso complejo y dejó como fecha tentativa para resolverlo entre el 14 o 15 de abril. “Eso es lo más interesante, ¿por qué no resolvió durante la audiencia?”, dice Perla, quien considera que no se cumplió con el espíritu del proceso, el cual obliga a los jueces a pronunciar sus resoluciones de manera oral, frente a las partes.

El plazo

La resolución del Juzgado Segundo de Menores no es firme. Los intervinientes tienen la posibilidad de presentar, en el plazo de ocho días, un recurso de apelación para que el caso pase a la Cámara de Menores. En caso de no presentar ese escrito, la multa quedará firme y deberá pagarse en el Ministerio de Hacienda para que el dinero ingrese al Fondo General de la Nación.

Además de la violación a la intimidad, la multa hace referencia a violaciones al artículo 25, que prohíbe revelar datos de los menores una vez iniciado cualquier proceso judicial. El Juzgado advierte que entre el 12 y el 16 de marzo, cuando ya se realizaban diligencias judiciales del caso, el periódico continúo publicando las imágenes y datos que revelaban la identidad del menor.

La nota de advertencia llegó hasta el 17 de marzo, fecha en que el periódico tomó la decisión de no identificar al menor. Según el abogado Perla, eso demuestra que LA PRENSA GRÁFICA acató la recomendación judicial, una muestra de que, según él, no existió malicia.

La Procuraduría de Derechos Humanos (PDDH) dijo, en su momento, que debió prevenirse a los medios de comunicación de abstenerse de las publicaciones y en caso de desacato iniciar el proceso sancionador que establece la ley respectiva.

Sin embargo, en la nota que llegó el 17 de marzo ya se ordenaba a la Fiscalía investigar el caso. Al final, las fiscales al caso determinaron que el menor Jonathan Alexander gozaba del derecho de intimidad “previo a involucrarse en ese hecho (homicidio)”. La juez descartó ese argumento e impuso la multa.

Multa
$346

la sanción impuesta por la jueza Segunda de Menores a LA PRENSA GRÁFICA, Lo que equivale a 50 días de salario mínimo.

El choque de los derechos
La jueza valoró el derecho de intimidad del menor contra el de información.

La audienciaDurante la audiencia se estableció un choque de derechos. El de los medios a informar y a la libertad de expresión contra el derecho a la reserva de identidad que por ley tienen los menores de edad que entran en conflicto con la ley.

inclinaciónLa jueza determinó que el derecho de los niños está por encima del derecho de los medios de comunicación. Su decisión no es firme. En un plazo de ocho días se puede apelar y un tribunal superior, es decir, una Cámara de Menores revisaría la sentencia.

Condenan a LPG por publicar foto de menor asesino

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios que incluyan ofensas o amenazas no se publicaran.