Por Francisco Beneke.25 de Julio. Tomado de Contra Punto.
Las recomendaciones de los estudios van encaminadas a promover cambios en la normativa, políticas públicas y conductas de los agentes económicos
SAN SALVADOR-La Superintendencia de Competencia (SC) utiliza una gran cantidad de recursos en la realización de los estudios sectoriales, ya sea cuando son llevados a cabo por el personal interno o se contrata a un consultor. El tiempo y dinero empleados en el esfuerzo es considerable dada la especialidad del análisis de competencia que debe emplearse en cada sector particular y de toda la información cualitativa y cuantitativa que debe recopilarse y examinarse.
Una vez finalizados los estudios, éstos contribuyen a que el personal de la SC conozca el sector, y en el eventual caso que se requiera iniciar la investigación de una práctica anticompetitiva, se parte de un conocimiento previo; pero el principal impacto que se pretende generar en un estudio es en el área de abogacía de la competencia para promoverla entre las empresas participantes del sector, los entes reguladores y el público en general. En el caso de los estudios, principalmente a los dos primeros grupos. Este impacto se puede lograr solamente con el seguimiento adecuado de las recomendaciones, gestionando su adopción por parte de los entes públicos y privados a quienes se dirigieron, puesto que de otra manera, no se aprovecharía el esfuerzo y recursos que implica la realización de los estudios.
Las recomendaciones de los estudios van encaminadas a promover cambios en la normativa, políticas públicas y conductas de los agentes económicos con el fin que se puedan generar las condiciones propicias para que se dé una competencia feroz por el mercado. El propósito no es la competencia por sí misma, sino que ésta se persigue ya que por medio de ella se genera el bienestar del consumidor de tres maneras:
* Disminución de precios;
* Mejoras en la calidad; e
* Innovación de nuevos productos y servicios en el mercado.
La razón de por qué la competencia puede generar estos beneficios es porque da los incentivos adecuados para alinear el objetivo de las empresas de ganar más rentas con los deseos del consumidor de obtener productos que satisfagan sus necesidades a un precio óptimo. La lógica es la siguiente: si las empresas ven amenazadas sus participaciones de mercado por sus competidores, actuales y potenciales, y no tienen una manera de obtener una ventaja injusta para evadirlos, no tendrán más remedio que volverse más eficientes e innovar y trasladar estas mejoras al consumidor.
Para lograr que se dé el anterior escenario, el método utilizado por las políticas de competencia en el caso de los estudios, es el de promover la remoción de cualquier obstáculo innecesario a la entrada de nuevos competidores, la eliminación de las limitantes que tienen los que ya se encuentran dentro del mercado de poder adquirir mayores participaciones y desincentivar la comisión de prácticas anticompetitivas.
Antes de continuar, es necesario hacer dos aclaraciones: en primer lugar, en el caso de los obstáculos a la entrada de nuevos competidores, en el párrafo anterior, se agrega el calificativo de “innecesarios”, porque hay normativa y políticas públicas que tienen ese efecto, pero de esa manera protegen otros intereses públicos. Un ejemplo son los costos e inversión que suponen para las empresas los requisitos legales impuestos para proteger la salud y el medio ambiente. En segundo lugar, en el caso de eliminar las limitantes que tienen los competidores actuales de poder adquirir mayores participaciones de mercado, la política de competencia no es un medio para dar una ventaja competitiva a empresas pequeñas para que puedan competir con las empresas más grandes, sino que el propósito es asegurar igualdad de condiciones a todos, para que los más grandes lo sean gracias a su mayor eficiencia en satisfacer las necesidades del consumidor.
Habiendo hecho estas aclaraciones, ahora es tiempo de hablar sobre los aspectos que influyen en la labor del seguimiento de las recomendaciones. Primero, la entrada en vigor de la Ley de Competencia (LC) es relativamente nueva. Si bien los principios que protege ya eran considerados de alguna manera o marginalmente por los reguladores antes que se emitiera la LC, esto era una excepción a la regla y se necesitó institucionalizar la protección de la competencia para darle un empujón más decidido hacia las prioridades del gobierno y de los ciudadanos. Esto es importante ya que el seguimiento de las recomendaciones debe ir acompañado de otros esfuerzos de abogacía de la competencia, puesto que primero debe conocerse y entenderse la importancia de la evaluación de los impactos de la intervención estatal sobre la competencia y los beneficios de promoverla para poder darle la prioridad adecuada y alinear la normativa, políticas públicas y conductas de las empresas con los objetivos que persigue la SC.
Luego, se debe considerar también que el seguimiento es diferente si las recomendaciones son dirigidas a entes públicos o a empresas del sector. En los estudios la SC tiene ya alguna experiencia adquirida con el primer grupo, más nunca se ha dirigido una recomendación al segundo grupo. No obstante, es útil hacer algunas consideraciones sobre ambos escenarios. En las gestiones con entidades públicas, un factor que ayuda a tener éxito es que las recomendaciones sean sobre temas donde los demás entes públicos han enfocado su atención, por lo cual lograr un cambio es más fácil en el sentido que no se requiere generar conciencia sobre la importancia de un tema en sí, si no de considerar los costos y beneficios de las políticas públicas en términos de competencia.
Otro factor que puede servir bastante es la posibilidad de un fuerte apoyo de la opinión pública hacia la SC, para generar por esta vía una mayor influencia sobre los demás entes gubernamentales. Este apoyo se logra en la medida que se cumpla con el objetivo de la SC: lograr el bienestar del consumidor. Para esto, se cuenta con herramientas en ambas caras de la política de competencia, tanto en la aplicación de la LC, como en la promoción de sus principios. La primera de ellas está muy relacionada con la última, puesto que alrededor del mundo se han visto ejemplos de cómo una estrategia agresiva y proactiva en la sanción de conductas anticompetitivas ha logrado poner en el mapa y en un lugar privilegiado entre sus pares del gobierno a las agencias de competencia. Este ha sido el caso de los Estados Unidos, donde las autoridades estatales en la materia ganaron la posición que tienen luego de una ardua lucha frontal en contra de los monopolios y carteles más arraigados de la economía norteamericana.
Ahora, en el caso de las recomendaciones dirigidas a las empresas para que modifiquen voluntariamente conductas restrictivas de la competencia, los factores que promueven el éxito de la labor del seguimiento de las recomendaciones, están relacionados directamente con los incentivos que las empresas tienen para aumentar el grado de competencia dentro del mercado, y esto varía dependiendo de la situación de cada una. Nuevos y potenciales entrantes pueden ser partidarios de un mercado más abierto, contrario a quienes poseen ya una participación significativa y que puede verse amenazada.
Se puede ver entonces, que estos incentivos tienen dos caras muy distintas. Una es que las empresas se ven obligadas a cambiar sus conductas para generar una mayor competencia porque de lo contrario se verán sujetas a una investigación y eventual sanción por parte de la SC. La otra cara es que las empresas vean en la competencia un medio para poder ganar una mayor participación de mercado y mejorar sus rentas. Se le puede poner una zanahoria enfrente a un conejo para que dé un brinco hacia adelante o se le puede amenazar con un palo; generalmente se obtienen mejores resultados con la zanahoria pero a veces el palo también es útil.
Para que la amenaza funcione es necesario que el conejo crea que de verdad se le va a dar un golpe, de lo contrario no reaccionará. Lo mismo pasa con la aplicación de la LC, los agentes económicos deben de percibir una posibilidad real de sanción en caso de una violación.
Teniendo en cuenta los factores anteriores que influyen en la probabilidad del éxito de las gestiones, la SC elabora una estrategia del seguimiento de las recomendaciones, en la que se procura la formación de equipos de trabajo con los entes involucrados. El propósito es lograr en el seno de estos equipos un consenso sobre la necesidad de adoptar las medidas propuestas y examinar su viabilidad, teniendo en cuenta las políticas que persigue cada institución y sus recursos.
El cabildeo de la SC se centra en presentar los impactos negativos sobre la competencia de las regulaciones y políticas que se pretende sean modificadas, así como los costos que éstas generan a la sociedad en términos de la disminución del bienestar de los consumidores. Adicionalmente, en la medida de lo posible, se realiza un ejercicio de estimación del beneficio neto que se espera generen los cambios propuestos, lo cual es una forma de generar voluntad política en los niveles superiores de las instituciones gubernamentales.
Alrededor del mundo, en países y regiones donde el tema de la competencia tiene una larga trayectoria, se han llevado adelante esfuerzos de gran amplitud por reformar regulaciones sectoriales y políticas públicas, siendo los referentes Estados Unidos, la Unión Europea y Australia. En estas jurisdicciones se han logrado resultados impresionantes en términos de crecimiento económico y bienestar del consumidor, relacionados directamente con la promoción de una mayor competencia.
En países como el nuestro, con poca trayectoria en el tema, estos esfuerzos a partir de estudios, así como de las recomendaciones que igualmente pueden surgir de una investigación de prácticas anticompetitivas y de las opiniones sobre proyectos de normativa, son un primer estadio, puesto que la iniciativa recae primordialmente sobre la SC. A medida que la cultura de competencia se vaya posicionando dentro de los reguladores y sector privado, irá incrementando el apoyo que el gobierno central dé a los esfuerzos de adecuar la normativa y conductas de los agentes económicos a la política de competencia, lo cual permitirá que se desarrollen programas de mayor envergadura con la cooperación de las demás instituciones públicas y empresas de los diferentes sectores de la economía.
Seguimiento a recomendaciones de estudios de competencia - Noticias de El Salvador - ContraPunto
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