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2010/04/26

EDH-Libertad de expresión, expresión de la libertad

 Escrito por Mauricio Alfredo Clará.26 de Abril. Tomado de El Diario de Hoy.

Uno de los grandes aportes de la filosofía idealista encabezada por René Descartes, es el reconocimiento y fortalecimiento de la libertad de expresión del pensamiento. Para comprender la dimensión altruista y méritos de esa filosofía —hostilizada por el materialismo— es necesario situarla en el contexto histórico en que surge y se le identifica, en relación con las épocas que le precedieron y que se caracterizaron por la radical ausencia de libertad de pensamiento, dentro de los distintos ámbitos de la cultura social, política y religiosa, debido a la imposición autoritaria, dogmática e irreflexiva de supuestas construcciones científicas de parte de los poderes dominantes.

Tanto fue así, que Don Miguel de Cervantes Saavedra, para librar de toda persecución a su legendario héroe finge su sabiduría como locura, cosa magistralmente lograda frente a la diabólica denominada Santa Inquisición y la hoguera, recurso de aquellos poderes para ahogar la libertad de pensamiento y su difusión como derecho fundamental del ser humano.

El punto departida de la filosofía idealista frente al pasado dogmático y autoritario, fue poner en duda todo el saber o conocimiento de la época, afirmando como único dato cierto y método de investigación apropiado: "Dudo, luego pienso, luego existo". Esta fue la llave maestra que habría de conducir a la consolidación de la libertad de pensamiento y las demás como derechos fundamentales del individuo o persona humana frente a los poderes dominantes ¡Oh Descartes!.

Debemos bendecir a la filosofía idealista al rescatar a la persona humana como ser pensante y permitir situarle como centro y fundamento de toda la construcción cultural, erigiendo a sus postulados en el antecedente histórico del principio rector establecido en el artículo uno de la Constitución del Estado salvadoreño, al declarar que "reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado…".

Fueron los alemanes, después de la pesadilla del Tercer Reich, que en la Constitución de Weimar erigieron aquel concepto fundamental de la filosofía idealista-personalista, pues no existe –apartando a Dios— otro ser de calidad pensante semejante al ser humano.

Ha sido una constante histórica de los poderes dominantes la asfixia de las libertades esenciales del individuo, particularmente la libertad de expresión del pensamiento y su difusión, a veces abiertamente como acontece en los regímenes autoritarios aún primitivos, no obstante la civilización, y otras encubiertamente mediante leyes que hacen reserva de ciertas actuaciones dentro de las democracias.

La Constitución del Estado de El Salvador en el Art. 6 reconoce la libertad de expresión y difusión del pensamiento y determina como únicas prohibiciones: 1º abstenerse de subvertir el orden público. 2º abstenerse de lesionar la moral, el honor y la vida privada de las demás personas. No puede haber más prohibiciones porque la Constitución no las autoriza, de manera que las reservas que excedan aquellas limitaciones no atañen a la libertad de expresión y difusión del pensamiento, sino únicamente a los encargados de los asuntos reservados. La pretensión legal de sancionar más allá de aquellas prohibiciones es obviamente inconstitucional, cuando la sanción se dirige a los medios de comunicación y difusión del pensamiento.

Claramente la Constitución sólo determina al ejercicio de la libertad de expresión y difusión del pensamiento dos prohibiciones, indistintamente de quienes la ejerzan: la relativa al orden público establecido por la misma Constitución y las leyes, y la relativa a la moral, el honor y la vida privada de las personas. Tres eslabones conceptuales de un mismo género, que hacen referencia subjetiva o individual. Cuando estos eslabones han sido expuestos por su titular, consciente o inconscientemente en público, dejan de corresponder al fuero interno o íntimo y denotan indiferencia subjetiva respecto de la reserva que les amparaba. Quien delinque en la vía pública quebranta los velos de su moral, honor u honradez y vida privada, si las posee.

elsalvador.com :.: Libertad de expresión, expresión de la libertad

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