Comentarios mas recientes

2010/04/05

Co Latino-Identidad e identificación son derechos de las personas, no mercancía | 05 de Abril de 2010 | DiarioCoLatino.com - Más de un Siglo de Credibilidad

 Escrito por Norma Guevara de Ramirios. 05 de Abril. Tomado de Diario Co Latino.


Desde que se nace se tiene derecho a la identidad como características cualitativas y cuantitativas que permiten saber que cada persona es una, dentro de la generalidad, parte de ese derecho es  tener una identificación, un nombre, un apellido, la certeza de  los progenitores,  el día y lugar de nacimiento, la identificación del sexo; por eso la identificación de la persona surge jurídicamente con el asentamiento de la partida de nacimiento que el Estado a través de sus municipios está obligado a garantizar y los progenitores o familiares cercanos  a brindar la información fidedigna de cada nacimiento. La existencia real de una persona sin registro legal creará para ella y para la colectividad muchos problemas, la persona afectada en su derecho, debe ser auxiliada para resolver y para que a nadie se le prive de su derecho humano a la identidad.
Normalmente son las madres y abuelas, quienes cumplen este deber, aunque también hay que reconocer la existencia de padres responsables, para asegurar que a la existencia real de una persona corresponda un registro personalísimo y único. Sin embargo, es bueno saber que así como se dan casos de personas que llegan a la adultez sin contar con registro de partida de nacimiento, ocurren otras irregularidades como los asientos múltiples de una misma persona, lo que también genera otro tipo de problemas. Al respecto de casos de asientos  múltiples, nuestro sistema judicial  recoge en sus archivos sentencias que condenan a personas que teniendo conocimiento de contar con  más de una partida con fechas, nombres y lugares de nacimiento diferentes, asentados a veces por madres, padres o  padrastros  hacen uso de identificaciones múltiples, esto constituye delito y  es causa de condena.
Por la variedad de problemas y circunstancias que  ocurren con la identificación legal de una persona, varias leyes regulan la manera de resolver cada caso. Si llegado a los tres meses de edad se carece de partida, la ley establece que se puede inscribir a la persona pero los mayores que incumplieron su deber de hacerlo en tiempo, se hacen acreedores a una multa, establece  las formas de registros subsidiarios cuando la persona es mayor  y procedimientos para anular una partida doble. Las multas a veces originan la  no inscripción o la modificación de la fecha real de nacimiento.
En nuestra historia, el paso más cercano a la responsabilidad estatal frente a la identidad de las personas se asumió justamente al crear el Registro Civil y dejar de considerar la Fe de Bautismo como documento válidos y único para establecer la identidad de una persona; así surgieron los Registros del Estado Familiar de las alcaldías y del abuso que la gente hacía de vacíos en leyes como la Ley de Cédula de Vecindad o la Ley de Cédulas de Identidad Personal, vinieron otros problemas originados en identificaciones múltiples con fines ilícitos en materia mercantil, civil y hasta para el fraude electoral.
A estas alturas, cuando la modernidad permite  a las empresas identificar a sus empleados por el iris del ojo, la huella de la mano, el aliento u otros procedimientos; bueno es que se modernice la principal institución estatal encargada de centralizar la información sobre la identidad de las personas.
Esto requiere que los funcionarios del registro actúen asumiendo la identidad y la identificación   como un derecho de la persona y como una responsabilidad y deber público del Estado; y dejar de ser simple guardián del negocio de las empresas contratadas para hacer lo que el Estado está en la obligación de hacer.
El Registro Nacional de Personas Naturales, RNPN, es relativamente nuevo, se le otorgó la función de mantener actualizada la información del estado familiar de las personas naturales, si contara con esa información actualizada, sería improcedente pedir partida de nacimiento, él mismo podría extenderlas para los usos diversos.
En ese sentido van las reformas aprobadas recientemente por la Asamblea Legislativa, pues desde 1995 que se crea el RNPN, y desde 2001 que se extiende el Documento Único de Identidad DUI, poco ha hecho por  asumir su papel esencial; más bien, el RNPN  parece poco celoso, y a veces cómplice, en el manejo de identificaciones fraudulentas.
Es necesario que  se deje de ver la identificación personal como mercancía y se asuma con propiedad el derecho de cada ser humano con seguridad, con verdad y sin fraude, eso tiene costos políticos y financieros que es preciso asumir.

Identidad e identificación son derechos de las personas, no mercancía | 05 de Abril de 2010 | DiarioCoLatino.com - Más de un Siglo de Credibilidad

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios que incluyan ofensas o amenazas no se publicaran.