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2011/02/07

LPG-CSJ restituye a juez y le paga más de $200,000

 El juez Ricardo Canales Herrera, que fue procesado por extravío de dinero y droga en 2003, ha sido colocado por la Corte en el Juzgado de Ejecución Medidas al Menor.

Escrito por Jessica Ávalos.07 de Febrero.Tomado de La Prensa Gráfica.
 

 

“La Corte de aquel entonces tomó un procedimiento con una destitución arbitraria, ilegal. Considero que no fue transparente.”

Ricardo Canales Herrera,juez de Medidas del Menor Infractor

“Este es un tema que todavía está confuso. La ley establece que los jueces que han dejado de serlo deben someterse a un proceso.”

Ulices del Dios Guzmán,magistrado de la Sala de lo Penal CSJ

El juez Ricardo Canales Herrera, que fue destituido en 2002 del Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador tras el extravío de 500 gramos de heroína y $21,600 en ese tribunal, está desde el pasado 1.º de enero como titular del Juzgado Primero de Ejecución de Medidas al Menor Infractor.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) acordó en la última sesión de diciembre pasado que restituiría a Canales Herrera y que le devolvería todo el dinero que dejó de recibir mientras estuvo ausente.

El acuerdo fue tomado en la sesión del martes 21 de diciembre.

Cuando fue destituido, el entonces juez Segundo de Instrucción de San Salvador ganaba $2,195 al mes. La Corte deberá devolver una cantidad equivalente a 96 salarios, más las bonificaciones y los gastos de representación que él dejó de recibir mientas estuvo fuera de tribunales.

Sin contar descuentos y sin incluir el pago de aguinaldos y bonos, Canales recibirá, por esos ocho años de salarios, $210,720.

El pago no se ha hecho efectivo aún, pero el máximo tribunal está estudiando los mecanismos para iniciar el desembolso de todo ese dinero. No obstante, en los ocho años que estuvo fuera, Canales trabajó como defensor privado.

“Fueron ocho años, mientras tanto ejercí la profesión. Yo no estaba inhibido, sino que estaba ejerciendo la profesión como abogado independiente. No he cuantificado el monto, pero tiene que ser el salario correspondiente a los ocho años. Como ha ido subiendo”, declaró el juzgador.

El pago de los salarios que dejó de percibir el juez deberá ser cancelado “de manera preferente” por la Corte. Así lo establece el artículo 56 de la Ley de la Carrera Judicial.

La actual CSJ decidió que Canales Herrera tomara el lugar de la ex jueza Aída Santos de Escobar, quien ahora preside el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

Dudas sobre el proceso

Se desconoce qué magistrados votaron en diciembre pasado por el nuevo nombramiento de Canales. Se solicitó a la Corte el acta donde consta el acuerdo, pero la dirección de comunicaciones informó que a ese documento aún le faltaban algunas firmas. Canales, sin embargo, sí recibió la notificación del pleno sobre su nombramiento a partir del 1.º de enero.

El magistrado de la Sala de lo Penal, Ulices del Dios Guzmán, considera que la restitución de Canales ha estado llena de irregularidades, porque los magistrados propietarios de la Sala de lo Contencioso condenaron a toda la Corte, siendo parte de la misma. Lo que significa, según él, que actuaron como juez y parte.

Este caso es similar al que mantiene enfrentados a cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional con los 11 restantes del pleno porque la CSJ es la autoridad demandada. La diferencia es que a los de lo Contencioso el pleno sí les permitió resolver sobre el caso.

“Ha sido un proceso algo oscuro. Ese es un tema que quedó algo confuso. Se le ha empezado a dar cumplimiento al reinstalo y al tema del pago, pero es un error que los propietarios hayan conocido siendo parte”, apunta.

Canales Herrera, en tanto, afirma que todos los señalamientos en su contra fueron desvanecidos, pero desconoce cómo terminó la investigación de la Fiscalía General de la República (FGR) sobre el paradero de los entonces ¢189,000 y la droga extraviada. Ese dinero había sido incautado a José León Rivera Martínez.

El juez se ampara en la resolución que emitió la titular del Juzgado Cuarto de Paz, Nelly Edith Posas, quien ordenó un sobreseimiento definitivo para el procesado por el delito de peculado (robo en cargos públicos).

“El fallo decía que debía reincorporarse en la misma categoría que ostentaba (fungía) al momento de su destitución, no necesariamente en el mismo tribunal. En ese sentido, no ha habido ninguna afectación, estoy en otra materia nada más, en otra área”, explicó el juez.

la resolución

El acuerdo de restitución fue tomado por Corte Plena un año después de recibir una sentencia que emitió la Sala de lo Contencioso Administrativo en diciembre de 2009.

Ese fallo, firmado por los magistrados Marcel Orestes Posada, Evelyn Núñez, Loly Claros de Ayala y Jorge Quinteros, estableció: “Declárase que es ilegal la resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se remueve del cargo al licenciado Ricardo Canales Herrera... Como medida para el restablecimiento del derecho violado, restitúyasele el goce de todos sus derechos, incluyendo el pago de sus salarios y demás prestaciones”.

Canales cree que la Sala de lo Contencioso Administrativo le dio la razón en cuanto a que su destitución había sido irregular e “arbitraria” porque no le concedieron derecho de respuesta. Es más, ahora que ya fue restituido se atreve a señalar que fueron los magistrados de la anterior sala los que con malicia lo quitaron de su anterior cargo como juez instructor.

“La Corte de aquel entonces tomó un procedimiento con una destitución arbitraria, ilegal en todo sentido. Considero que esa Corte no fue transparente. No se hicieron las investigaciones. Era evidente que yo no tuve nada que ver”, señaló Canales.

En 2002 fueron 12 de los 15 magistrados de la Corte los que tomaron el acuerdo de destitución del juez. Se intentó conocer la versión del ex presidente de la CSJ Agustín García Calderón, pero él adelantó que podría dar declaraciones sobre el tema en el transcurso de esta semana (ver nota secundaria).

CSJ restituye a juez y le paga más de $200,000

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