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2011/02/27

LPG-El derecho a privacidad del funcionario

Escrito por Ernesto Rivas Gallont.27 de Febrero.Tomado de La Prensa Gráfica. 
netorivas@gmail.com

¿Tenía obligación el presidente Felipe Calderón de México de responder la pregunta de la periodista Carmen Aristegui, que si él tenía problemas de alcoholismo?

El presidente Calderón no solo no respondió sino que provocó la destitución de Aristegui de su programa noticioso en una radioemisora mexicana, aunque esta haya revocado su decisión y restituido a Aristegui en la radio a los pocos días.

Hay temas que en países desarrollados son costumbre y en países subdesarrollados son tabú, como las declaraciones de impuestos sobre la renta del presidente y vicepresidente de la República y su consorte. En EUA costumbre que todos los años por esta época, los medios publiquen esas declaraciones. Vaya usted a pedir que nosotros emulemos esa costumbre y se morirían de la risa los funcionarios cuestionados.

Sin embargo, siento que soplan vientos de cambio y que el periodismo está dando muestras de nueva vida, gracias a los medios electrónicos, a las redes sociales, y a una nueva generación de periodistas que toman en serio su profesión y no temen reacciones de sus editores.

Esto pasa por un proceso de reeducación de periodistas y funcionarios. Deben acostumbrarse, los primeros a plantear sus preguntas profesionalmente y los segundos a responderlas guardando distancia entre la ética y la curiosidad popular.

Yo podría preguntarle al ministro de Seguridad si él participó en la masacre de San Benito en la que murieron acribillados varios “marines” norteamericanos. Y el ministro tendría obligación de responderme porque de su respuesta depende la confianza que podamos tener en el desempeño de sus funciones como el más alto funcionario a cargo de la seguridad nacional.

Parece prudente tocar el tema de a cuánta privacidad tiene derecho un funcionario. Qué tan abiertas deben ser sus vidas y las de otros que aspiran a ocupar cargos oficiales relevantes sean de elección o de nombramiento directo. ¿Nos debe importar eso? ¿Cuánto y por qué? ¿Qué tanto afecta la conducta privada del presidente de la República el desempeño de sus funciones? ¿Solamente en sus funciones oficiales o en todas las áreas, o solo algunas? ¿Cuáles áreas?

Una de esas áreas, probablemente la más importante, es la de las finanzas personales y las de sus familias. Pero eso en nuestro medio es el secreto mejor guardado y no hay manera alguna de que se divulguen. Por mucho que es una obligación moral del más alto nivel.

¿Tenemos el derecho de examinar el estilo de vida personal, su conducta moral y su trayectoria en la vida antes de asumir sus cargos de los principales funcionarios de gobierno, incluyendo a diputados y magistrados de la CSJ?

Creo que sí. Son los responsables de conducir el barco del Estado y nosotros tenemos todo el derecho de exigir un comportamiento ético moral que corresponda al cargo que desempeñan y eso es afectado por su historial personal, su educación y comportamiento ciudadano.

Que debemos procurar comprender y conocer a los funcionarios, nadie lo duda; sus valores morales y su carácter son importantes, sobre todo cuando la persona está postulada para un cargo de elección popular. Después puede ser muy tarde.

La respuesta a las interrogantes que este artículo plantea es: si la conducta cuestionada afecta el desempeño del funcionario, nuestra obligación es interrogarlo y la de él o ella, respondernos con la verdad.

Lea más hoy en mi blog, http://blog.netorivas.net

El derecho a privacidad del funcionario

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