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2010/08/03

LPG-Una sentencia discutible pero inapelable

 Se activó el instinto colectivo de preservación de privilegios. En tiempo récord, a medianoche, se pusieron todos de acuerdo para torpedear la resolución de la CSJ.

Escrito por Joaquín Samayoa.04 de Agosto. Tomado de La Prensa Gráfica.

 

Por años se ha venido planteando la necesidad de una ley de partidos políticos y de una reforma amplia al Código Electoral. Muchas de las ideas para fortalecer y hacer más genuino nuestro régimen democrático han sido controversiales; pero hay una propuesta que llegó a generar consenso entre los más destacados analistas, académicos y líderes de prestigiosas organizaciones de la sociedad civil, una propuesta que unió a los ciudadanos de la llanura en contra de las anquilosadas cúpulas de los principales y más antiguos partidos políticos.

Somos muchos los que estamos convencidos de que la forma como las leyes vigentes obligan a elegir a los diputados que integran la Asamblea Legislativa ha sido el principal obstáculo para la modernización de los partidos políticos y ha limitado perniciosamente la participación de una gran cantidad de ciudadanos honestos y capaces no solo en el Órgano Legislativo, sino también en las instituciones cuyos cargos de mayor responsabilidad se asignan mediante elecciones de segundo grado.

Son muchas y muy cualificadas las voces que insistentemente han reclamado cambios en la legislación electoral, de forma que los ciudadanos puedan votar por candidatos individuales de un mismo o de varios partidos políticos, en vez de limitarse a avalar o rechazar íntegramente las listas de candidatos que proponen las élites partidarias.

Se ha argumentado, atinadamente, que el voto por candidatos individuales obligaría a los partidos a hacer una mejor selección de sus candidatos y obligaría a quienes salgan electos a ser mucho más sensibles a la voluntad, los intereses, las ideas y las necesidades de los votantes, en vez de preocuparse solo por quedar bien con los dirigentes de sus respectivos partidos políticos. Se ha argumentado además, y también muy atinadamente, que el voto por banderas no es un voto directo y, consiguientemente, contraviene un importante precepto constitucional.

Menos consenso pero considerable respaldo ha acumulado también a lo largo de los años la idea de que los partidos políticos no debieran tener el monopolio de la confección y promoción de candidaturas. En otras palabras, que no encajar en ninguno de los partidos existentes o simplemente no querer involucrarse en las luchas internas de poder de los partidos no debiera ser impedimento para que un ciudadano que llene ciertos requisitos y quiera servir a su país pueda proponerse como candidato independiente y ganarse el respaldo de los electores.

Los partidos políticos, conscientes de que tenían la sartén por el mango, y el mango también, no han movido un dedo para actuar sobre las reformas que ha estado clamando la ciudadanía. Pero no solo han sido arrogantes e insensibles al clamor popular, sino que además han sido hipócritas en grado superlativo. Siempre que han sido interpelados sobre su compromiso con las reformas, han evadido una respuesta que les podría restar simpatías o han dicho que están de acuerdo pero no pueden hacer nada porque las reformas riñen con preceptos constitucionales.

Pues bien, tanto va el cántaro al agua que termina rompiéndose. En respuesta a una demanda formal interpuesta por un ciudadano que conoce muy bien estos temas, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia no ha tenido más remedio que estudiar y resolver, de una vez por todas, la supuesta inconstitucionalidad de las referidas reformas electorales. Con cuatro de cinco votos a favor, la sala, integrada por respetables juristas, ha dictaminado de manera inapelable que no hay impedimento constitucional para las candidaturas independientes de alcaldes y diputados y que debe cambiar la forma de elegir diputados porque es contraria a algunos preceptos constitucionales.

¿Cuáles son las implicaciones de esa histórica sentencia? En primer lugar, que las cúpulas partidarias no solo se quedan sin justificación jurídica para no hacer las reformas, sino que ahora están obligados a hacerlas. Pero más de fondo, la consecuencia es que se abren, por fin, las puertas para sustituir la partidocracia por una democracia más genuina, provista de mecanismos para corregirse y fortalecerse a tono con la voluntad y las aspiraciones de los ciudadanos.

¿La reacción de los diputados? Apresurarse a reformar la Constitución de forma que, al menos, las candidaturas independientes se vuelvan inequívocamente inconstitucionales si la siguiente legislatura ratifica ese mismo criterio. Insólito. No hubo necesidad de debate. Se activó el instinto colectivo de preservación de privilegios. En tiempo récord, a medianoche, se pusieron todos de acuerdo para torpedear la resolución de la CSJ. Algunos quieren ir más lejos y destituir a los magistrados que firmaron la sentencia. ¿Y la institucionalidad? –Solo cuando conviene.

Una sentencia discutible pero inapelable

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