26 de Agosto.Tomado de Diario Co Latino.
Algunas gremiales de periodistas, medios de comunicación y periodistas, no sólo se han pronunciado en contra de una posible resolución de inconstitucionalidad al artículo 191 del Código Penal, sino que están “sembrando el miedo” entre el gremio periodístico.
El artículo en mención sentencia: “ No son punibles los juicios desfavorables de la crítica política, literaria, artística, histórica, científica, religiosa o profesional, ni los conceptos desfavorables expresados por cualquier medio, por particulares, en el ejercicio del derecho de la libertad de expresión, siempre que en el modo de proceder no demuestren propósito calumnioso, injurioso o de ataque a la intimidad o a la propia imagen de una persona.
“De igual manera, no son punibles los juicios desfavorables de la crítica política, literaria, artística, histórica científica, religiosa o profesional ni los conceptos desfavorables expresados o difundidos por quienes ejerzan el periodismo mediante noticia, reportajes, investigaciones periodísticas, artículos, opiniones, editoriales, caricaturas y notas periodísticas en general, publicados en medios periodísticos escritos, radiales, televisivos e informáticos, en cumplimiento del deber de informar, en virtud del derecho de información o en ejercicio de su cargo o función.
“En cualquiera de las situaciones reguladas en los dos incisos anteriores, no incurrirán en ningún tipo de responsabilidad penal, los medios escritos, radiales, televisivos e informáticos en que se publiquen los juicios o conceptos antes expresados, ni los propietarios, directores, editores, gerentes del medio de comunicación social o encargados del programa en su caso”.
Desde hace un par de años, un ciudadano presentó ante la Sala de lo Constitucional, un recurso de inconstitucionalidad contra los dos últimos incisos del mencionado artículo, por considerar que se le da a los periodistas y al ciudadano común, un cheque en blanco, y con ello se crea o genera la “impunidad de los periodistas o de cualquier ciudadano” para difamar y calumniar como lo hacen algunos medios desde antes de modificar el artículo en mención.
En los últimos días también se ha sabido que la Sala de lo Constitucional, integrada por hombres conocedores de la ley y apegados a ella, podrían dar su sentencia de un momento a otro. La resolución podría ser a favor o en contra de la petición de inconstitucionalidad.
Y dado que una de las posibilidades es de que la resolución determine que podrían ser inconstitucionales los incisos objetados, como medio decimos a los periodistas propios y extraños que no debemos tener miedo.
Y es que, en primer lugar, debemos reconocer que algunos medios, con o sin las reformas al 191, la difamación y la calumnia han estado presentes en sus ediciones cotidianas.
En segundo lugar, hoy todo se resume en la “crítica periodística”, a vocablos que invitan a la impunidad periodística.
Los y las periodistas no debemos temer a una resolución adversa, pues, si trabajamos de forma responsable, seria y bajo los más estrictos principios éticos, nuestro trabajo estará alejado de cualquier percance penal.
De ahí que, ¿por qué tener miedo o terror, a una resolución de la CSJ?
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