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2010/08/10

LPG-La sentencia de la Corte: ¿Quién ha pecado?

 “¿Hay congruencia en aparentar preocupación porque las candidaturas no partidarias puedan ser puerta al narcotráfico, cuando no ha habido ninguna medida legislativa seria para cerrarle los portones a la ya evidente presencia de la narcoactividad en los partidos?”

Escrito por Roberto Rubio-Fabián.10 de Agosto. Tomado de La Prensa Gráfica. 

 

La sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia respecto a posibilitar las candidaturas no partidarias para diputados/as, así como en lo concerniente al establecimiento de las listas abiertas de candidatos, constituye un histórico acierto político. Se trata de una correcta y |bien fundamentada sentencia que abre la posibilidad de exorcizar a nuestro esclerótico sistema político, ahora poseído por los espíritus parapléjicos de la política partidaria.

La sentencia de la Corte no ha tocado para nada la Constitución. La sentencia, basada en una correcta interpretación jurídica y filosófica de la Constitución, fundamentada en jurisprudencia internacional (como la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) y en el espíritu de los constituyentes (basado en el Informe Único de la Comisión de Estudio del Proyecto de la Constitución de 1983), lo que plantea es la inconstitucionalidad de ciertas disposiciones de las leyes secundarias electorales.

El pecado no está en los que decretaron la buena sentencia sino en los que se sienten agredidos por las bondades de ella. Tan agredidos están en sus intereses que, como en la Inquisición, quieren condenar a los que atentan contra el poder partidario establecido por pensar que la Tierra gira en torno al Sol, y que la política gira en torno al ciudadano y no el ciudadano en torno a los partidos políticos.

¿Quién peca de irreflexivo? ¿Aquellos profesionales conocedores del derecho que se tomaron meses de estudio para interpretar adecuadamente una disposición constitucional, o aquellos profesionales de la partidocracia que, como al perro hambriento que le retiran su hueso, reaccionaron con una agresividad y rapidez nunca vista para, ni más ni menos, ¡cambiar la Constitución!?

¿Dónde está el pecado de la incongruencia? ¿Estará en los magistrados que quisieron hacer congruente las leyes secundarias con la Constitución, o en las afirmaciones de ciertos diputados pidiendo regulaciones a las candidaturas no partidarias que ellos nunca han querido tener para sí mismos? ¿Hay congruencia en aparentar preocupación porque las candidaturas no partidarias puedan ser puerta al narcotráfico, cuando no ha habido ninguna medida legislativa seria para cerrarle los portones a la ya evidente presencia de la narcoactividad en los partidos, entre ellas su financiamiento y la necesaria rendición partidaria de cuentas?

Pero el pecado más grave, el mortal, hace referencia a la siguiente interrogante: ¿Qué magistrado dentro de la Corte filtró a la Asamblea la sentencia antes de que esta se hiciera oficial? Las sentencias de la Corte son confidenciales, especialmente en caso de litigio como este, y el pecado de filtración confidencial en litigio es delito y es penado en nuestras leyes. De igual manera, ¿quiénes dentro de la Asamblea usaron conscientemente esta información fraudulenta para adelantar un irreflexivo cambio constitucional? Esto es algo que sin duda le toca a la Fiscalía investigar, y sobre lo que muchos ciudadanos debemos estar atentos. De nuevo, nuestra precaria institucionalidad está a prueba, así como la paciencia ciudadana.

La sentencia de la Corte: ¿Quién ha pecado?

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