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2010/08/12

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 Joaquin Samayoa.12 de Agosto. Tomado de El Diario de Hoy.

La Sala de lo Constitucional de la CSJ emitió ya una y está por emitir otra sentencia, trascendentales ambas, aunque de signo contrario, para la permanencia de nuestro régimen democrático.

Con la sentencia sobre las candidaturas no partidarias y la forma de elección de diputados, podría heber removido uno de los principales obstáculos para la renovación y el fortalecimiento de la democracia; con el fallo sobre la penalización de la crítica periodística, podría asestarle un golpe mortal a la libertad de expresión, pilar fundamental de toda democracia.

Me temo que muchos de los ataques de los que han sido objeto los magistrados que firmaron la primera de estas sentencias no sólo reflejan desacuerdo con el contenido de la misma, sino que además, y tal vez principalmente, expresan pánico en lo que concierne a la sentencia que está por emitirse. En otras palabras, el fallo que obliga a modificar significativamente nuestro régimen electoral tal vez se habría visto desde una óptica más positiva, y ciertamente menos apasionada, si no pendiera de un hilo la espada de Damocles del fallo que atenta contra la libertad de expresión.

Sólo así puede entenderse una crítica que no se ha limitado al contenido de las sentencias sino que ha dirigido la artillería pesada contra el prestigio, la idoneidad y la fidelidad a la Constitución de los cuatro magistrados, todos ellos juristas intachables, que dictaminaron la inconstitucionalidad de algunos artículos del Código Electoral. La descarada intimidación que lanzó el diputado Párker a los magistrados abona a esta tesis.

Personalmente, soy muy reacio a prestar atención a las teorías conspirativas y no encuentro razones de peso para creer que los nuevos magistrados de la Sala de lo Constitucional se estén prestando a actuar como piezas del engranaje de turbias agendas políticas de la izquierda salvadoreña e internacional. No creo tampoco que sea su intención usurparle poderes al órgano legislativo. Otra cosa muy diferente es que la resolución de inconstitucionalidad que emitieron crea, por su propio peso, la ineludible obligación de modificar las leyes que habían sido impugnadas.

Tampoco creo que la sentencia en el tema electoral viole alguna de las cláusulas pétreas de nuestra Constitución. Lo que no se puede modificar es la forma de gobierno. La sentencia se refiere únicamente a la forma de elección de alcaldes y diputados, dejando intacta la forma de gobierno o, si acaso, protegiéndola de la falta de legitimidad que le inyectan sistemáticamente las cúpulas partidarias amparadas en las normas jurídicas que han sido declaradas inconstitucionales.

No hay que confundir los argumentos jurídicos con los políticos ni con las apreciaciones sobre la conveniencia de una determinada legislación. A la Sala de lo Constitucional le compete la consideración de los argumentos jurídicos. Los peligros que se han señalado a las candidaturas independientes o las dificultades logísticas para la votación por candidatos individuales a diputados deben atenderse y minimizarse o solventarse mediante la nueva legislación electoral. Esa es tarea de la Asamblea Legislativa.

Sin embargo, al ponderar los argumentos jurídicos y la congruencia de las leyes secundarias con los principios constitucionales debe atenderse no únicamente a la letra de artículos aislados, sino al espíritu integral e integrador de la Constitución y, dentro de ella, a la jerarquía de los distintos preceptos y normas. Este último criterio respalda lo actuado por la CSJ en el tema electoral, pero se vería gruesa y peligrosamente contrariado si la máxima instancia judicial declara inconstitucional el texto de ley que despenaliza la crítica periodística.

Tenemos abundantes y contundentes ejemplos de cómo se fortalece o se llega a anular la democracia según se permita o se limite la crítica. En el extremo positivo, los Estados Unidos de América, donde los cómicos tienen entera libertad para hacer bromas a todos los políticos y funcionarios de gobierno, llegando con frecuencia a ridiculizarlos. En el extremo negativo cercano a nosotros, Cuba, Nicaragua y Venezuela, donde la intolerancia a la crítica y la penalización de la misma se traducen invariablemente en persecución política, censura y cierre de medios de comunicación, intimidación y abusos de poder.

La legislación debe ciertamente promover la responsabilidad y la ética en la crítica periodística; debe mantener sanciones administrativas y civiles para casos claros de calumnia o difamación. Pero eso es muy diferente de abrir la puerta a los que tienen poder para mandar a la cárcel a sus adversarios o a los que en uso de su legítima función y responsabilidad periodística exponen la corrupción o la incompetencia de los funcionarios de gobierno.

¿Dónde está la frontera entre la crítica dura y la calumnia o la afrenta al honor de una persona? Obviamente está en el sustento objetivo de lo que se afirma. ¿Significa eso que, en adelante, los periodistas y columnistas tendremos que echarnos todo un rollo argumentativo cada vez que hagamos un juicio negativo de algún funcionario público? ¿Significa eso que ninguna noticia, por trivial que sea, podrá publicarse sin antes realizar una exhaustiva investigación para curarse en salud de los ataques vengativos de tanta prima dona que danza en los escenarios políticos? ¿Quién viola más la ética y la moral, el corrupto o el que alerta sobre la corrupción pero no tiene los medios para investigarla a fondo? ¿A quién de ellos debe proteger la ley, señores magistrados?

A pesar de algunos apelativos mordaces o abiertamente irrespetuosos, y a pesar también de las reacciones histéricas de unos cuantos fanáticos, lo cierto es que nuestros medios de prensa suelen ser bastante responsables en el uso de sus prerrogativas. Los que calumnian y difaman abiertamente hoy en día son más bien los que pueden esconderse en el anonimato de ciertos blogs y cadenas de correo electrónico, pero a esos, de todas formas, la ley difícilmente podrá agarrarlos con las manos en la masa.

No se confundan, señores magistrados, es la libertad de expresión, esencia de la democracia consagrada en nuestra Constitución, lo que realmente está en juego en la resolución que ustedes están por emitir. Piénsenlo más detenidamente y no nos obliguen a tomar un remedio que es mucho más pernicioso que cualquier enfermedad real o imaginaria.

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2 comentarios:

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