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2010/09/05

La Página-Bajo la sana crítica... un violador goza de libertad-Diario digital de noticias de El Salvador

 En los tribunales del interior del país suelen darse casos de jueces que violan el Código Procesal Penal, en su artículo 294, y dejan libres a violadores, muchos de los cuales escapan.

Escrito por Jaime Ulises Marinero. 06 de Septiembre. Tomado de La Página.

Una prueba de ADN que da la certeza en un 99.9 por ciento de que el violador es el padre del hijo parido por una menor de 15 años, que además es enajenada mental, es suficiente elemento para enviar a alguien a prisión preventiva mientras se realiza el proceso penal.

Ese fue el criterio de tres jueces de paz, un juez de instrucción, un magistrado de Cámara, dos fiscales, tres abogados particulares y un defensor público consultados por LA PÁGINA.

El abogado  Carlos Ochoa remitió al Código Procesal Penal salvadoreño que   en su artículo 294 establece que “no procederá la sustitución (de prisión provisional) por otra medida cautelar, en los delitos siguientes: homicidio simple, homicidio agravado, secuestro, delitos contra la libertad sexual, robo agravado, extorsión, defraudación a la economía pública, desórdenes públicos agravados, comercio de personas, tráfico ilegal de personas, trata de personas, delitos contemplados en la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas y los delitos contemplados en la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos.

El delito más grave contra las libertades sexuales es el de la violación agravada, especialmente cuando la víctima es menor de edad y hay constancias médicas de que padece de enajenación mental. Se agrava aún más cuando el delito es ejecutado por un funcionario pública cuya misión es proteger legalmente a la ciudadanía.

Sin embargo para el Juez Tercero de Instrucción de San Miguel, Héctor García, el Código Procesal Penal y la prueba de ADN así como las constancias médicas del padecimiento mental de la niña violada salieron sobrando y en una decisión extraña decretó la libertad bajo fianza de José Rigobero Zelaya Zelaya.

El jueves pasado, durante una audiencia especial solicitada por la Fiscalía para incorporar la prueba de ADN, el juez tomó la decisión de decretarle libertad bajo fianza a Zelaya, quien desde un principio gozaba de la misma.

La intención de la Fiscalía era que con base a la prueba científica  de ADN y a las cerfificaciones que confirman que la víctima ha estado internada varias veces en el  hospital siquiátrico “Doctor José Manuel Molina Martínez”, se le decretera detención al procesado.

Sin embargo, aunque Zelaya no se presentó al tribunal, por aducir estar enfermo, el juez lo dejó en libertad mediante el pago de la fianza.

El caso y la sana crítica

En 2003, siendo jefe de la Procuraduría General de la República en San Miguel, Zelaya, ex diputado pedecista y ex aspirante a procurador general de la república, tuvo acercamientos con la niña a quien violó en reiteradas ocasiones aprovechando que la menor adolecía de retardo mental.

Producto de las violaciones en agosto de 2004 nació un niño. El caso pasó desapercibido hasta el Instituto Salvadoreño de Desarrollo de la Niñez y la Adolescencia (ISNA) tuvo conocimiento e interpuso la denuncia respectiva.

La Fiscalía acusó al funcionario, quien siempre negó las acusaciones, sin embargo, por órdenes del tribunal se realizó la prueba de ADN la cual dio positiva en un 99.9%. Es decir, que se tiene la certeza científica de que Zelaya es el padre del niño que ahora tiene seis años.

A pesar de la prueba Zelaya siguió gozando de libertad, aunque fue destituido como jefe de la PGR, pero no precisamente por este delito, sino por otro proceso de falsedad material, del cual ya fue sobreseído.

Al contar con la prueba la Fiscalía solicitó una audiencia inicial, con la intención de que el juez de instrucción revirtiera la libertad condicional: sin embargo el efecto fue contrario y tras el pago de los mil dólares, Zelaya es hombre libre, proclive a fugarse, porque como conocedor de las leyes sabe que en un juicio puede ser condenado hasta a 26 años de cárcel.

El delito de violación no es conciliable, sobre todo si tiene varios agravantes. En este caso los tiene, afirma un magistrado de cámara, pues la  víctima era menor de edad, producto de la violación hubo un embarazo (y la prueba es el niño), hay una prueba científica que da a certeza de la relación genética y quien cometió el delito es un funcionario que tenía que proteger a la víctima.

Un juez de instrucción de la zona oriental, se mostró extrañado por la resolución de su colega, pues los jueces con menos pruebas están obligados a decretar la detención provisional. “Si tienen prueba de ADN, es suficiente hasta para condenar”, dijo el funcionario que pidió la omisión de su nombre.

La Fiscalía asegura que revisará el caso y apelará, pues existe la potencian posibilidad de fuga, además las pruebas son contundentes.

“Este es un caso sonado, pero en realidad hay decenas de casos en los cuales los jueces, especialmente en el interior del país, liberan a violadores consumados”, dijo el fiscal Jorge Castro.

Recordó el caso de un hombre que violó a su hija y la hizo parir. Le decretaron libertad condicional porque la defensa expuso que el hombre tenía que trabajar para mantener al hijo-nieto producto de la violación. EL caso pasó a una Cámara que finalmente ordenó la detención y a la hora el juicio el acusado fue condenado a más de 20 años de cárcel.

“Cuando se tienen testimonios de las víctimas, pruebas periciales y científicas, no hay vuelta atrás, hay que ordenar la detención”, dice el magistrado.

Sin embargo, añade que los jueces tienen la potestad de la sana interpretación  a la hora de aplicar las leyes. “Esa interpretación es posible cuando hay dudas, pero cuando se tienen pruebas irrefutables o indicios certeros, hay que mandar a la cárcel”, dice el abogado Juan Arévalo.

En La Unión se conocen varios casos de jueces que actúan al margen de la ley, al dejar en libertad a acusados de violación, cuyos casos cuentan con pruebas.

  En Santa Rosa de Lima, por ejemplo, el juez primero de paz  dejó libre a un comerciante que violó a una niña de doce años, a pesar de que la prueba de Medicina Legal verificaba que se había dado la agresión.

El fiscal Amílcar Rodríguez, jefe de la unidad fiscal de delitos relativos al menor y la mujer, asegura que los jueces no validan las pruebas y aplican las leyes de manera incoherente.

“El problema es que los jueces actúan bajo la sana crítica y amparados en ella dan resoluciones ilegales, pues en realidad actúan amparados en amiguismos, compadrazgos y a veces a otros intereses”, señala un fiscal.

Lo peor es que no hay nadie que sancione a los jueces, salvo que se inicie un proceso disciplinario interno en la Corte Suprema de Justicia, de lo contrario se siguen tomando decisiones que violan la ley, en este caso el Código Procesal Penal.

Por ahora el ex diputado, ex jefe de la PGR en San Miguel y ex candidato a procurador general, seguirá gozando de su libertad, porque a un juez se le ocurrió no darle importancia a una prueba de ADN y prefirió ignorar la ley… amparado en su sana crìtica.

Diario digital de noticias de El Salvador

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