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2009/04/17

Ahora es cuando

Se necesita cambiar al menos un artículo de la Constitución de la República, el n.º 208. Y esto debe hacerse antes de que finalice la presente legislatura. ¿Por qué tanta premura? Porque cualquier cambio en la Constitución debe ser ratificado.

La reciente campaña electoral de 16 meses fue prolongada, agresiva, poco veraz y responsable. Pero fue muy formativa en criterio y opinión. Cuando fue evidente el irrespeto a la Ley Electoral en cuanto a tiempo permitido para la campaña electoral, los únicos que defendieron que no existía semejante irrespeto fueron los dirigentes de partidos políticos, con el silencio y luego la justificación del Tribunal Supremo Electoral. Nadie puede negar que los ciudadanos no fuimos obligados y sometidos a un tiempo de campaña electoral que sobrepasó lo establecido legalmente. Pero... como no pedían el voto... no es campaña electoral. Si se hace una encuesta sin interés partidario, me imagino que la gente responderá que la campaña electoral fue de más de un año. El fiscal no se pronunció sobre la legalidad o ilegalidad del hecho. ¿Tendría que haberse pronunciado?

Con todo lo vivido, es fácil reconocer la inconveniencia de tener un Tribunal Supremo Electoral (TSE) en los términos definidos en el Título VI, Capítulo VII y artículos del 208 al 210. Es inconveniente porque tiene funciones que entran en conflicto y contradicción. El TSE administra procesos electorales en donde se reflejan claros y legítimos intereses partidarios y simultáneamente es la institución que debe administrar justicia en materia electoral. Con lo vivido obliga a reconocer que es indispensable separar estas funciones. El TSE debe convertirse en un verdadero tribunal de derecho en función de impartir pronta y cumplida justicia en materia electoral. Limitarlo a lo eminentemente jurisdiccional es condición para que efectivamente sea el máximo organismo en materia electoral.

Para que el TSE funcione como Tribunal de Derecho debe estar integrado por verdaderos jueces, profesionales competentes, con trayectoria intachable, con independencia de criterio, neutrales, confiables y respetables. El tribunal no debería integrarse con representantes de partidos políticos, porque esto distorsiona el papel y le quita la credibilidad y la confiabilidad de la ciudadanía en materia electoral. Ya se ha dicho hasta la saciedad. Muchas voces se han pronunciado. Muchos papeles se han escrito sobre el tema: A nadie le conviene que en el TSE prevalezcan los intereses de los partidos políticos (o que nos hagan creer que prevalecen). A nadie le conviene que el TSE esté integrado por representantes de partidos políticos, porque ellos siempre van a responder a lo que sus dirigentes digan, van a responder a los intereses de su partido. Pero... al menos que se hagan los cambios que la coyuntura hace posibles: limitar las funciones del TSE como condición para recuperar la confianza institucional en el TSE.

Se necesita cambiar al menos un artículo de la Constitución de la República, el n.º 208. Y esto debe hacerse antes de que finalice la presente legislatura. ¿Por qué tanta premura? Porque cualquier cambio en la Constitución debe ser ratificado. Si no se procede antes de que finalice del 30 de abril de 2009, para que la Legislatura 2009/2012 lo ratifique, la situación sería la misma para las elecciones de diputados y alcaldes en 2012. Si no se procede con los cambios en este momento, seguiremos acarreando las mismas deficiencias que el Tribunal Supremo Electoral ha demostrado.

Limitar al TSE a funciones eminentemente jurisdiccionales obliga a la creación de un nuevo organismo administrativo con la función de organizar, implementar y realizar los eventos electorales. En este nuevo organismo, que demanda profesionalismo, imparcialidad y neutralidad, debe evitarse la tentación de la representatividad de los partidos políticos. Los miembros que integren el organismo que administre las elecciones deben ser profesionales, civiles y sin vínculo partidario alguno. De lo contrario... se continúa con la misma historia. Ahora es cuando todas las declaraciones y ofertas de campaña deben honrarse. Se tienen dos sesiones plenarias más. Hay propuestas hasta de redacción de los cambios. FUSADES los tiene. Y quedan no más que dos plenarias, la del 23 y la del 30 de abril. Veremos si cumplen los compromisos.

Y si quieren hacer bien el trabajo, que se tome en cuenta la importancia de cambiar el proceso de selección de magistrados. Ahora tres partidos con más votos proponen una terna cada uno para que la Asamblea les elija un magistrado a cada uno. Los otros dos salen de las dos ternas que propone la Corte Suprema de Justicia. De los que administran justicia electoral se espera imparcialidad y objetividad. ¿Quién debe proponer ternas a la Asamblea? ¿Las universidades? ¿Los colegios de profesionales? ¿El Consejo Nacional de la Judicatura? ¿Quién de estas instancias asegura imparcialidad y credibilidad?

Escrito por Sandra de Barraza.Viernes 17 Abril 2009. Publicado en LA PRENSA GRÁFICA

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