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2010/02/12

EDH-Una ley para la alfabetización… Pensémoslo bien

Escrito por Helga Cuéllar-Marchelli. 12 de Febrero. Tomado de El Diario de Hoy.

Hace unos días me reuní con el Lic. González, un profesor de jurisprudencia con mucha experiencia e intelectualmente inquieto. Siempre está buscando con quién conversar sobre un tema que, dicho en sus propias palabras, es "interesante, aunque elemental". Nos encontramos para dizque tomar un café; pero, apenas me senté en la silla, dirigió hacia mí su mirada aguda y penetrante y dijo: "He revisado el anteproyecto de 'Ley Transitoria para la Alfabetización Nacional', que está en discusión en la Comisión de Cultura y Educación de la Asamblea Legislativa. Sé que te encantaría conocer mi análisis al respecto". Asintiendo con la cabeza, le contesté que sí.

El Lic. González prosiguió: "después de examinar el marco jurídico vigente de la educación salvadoreña, tengo la certeza de que una ley no puede ser más efectiva que un buen programa para cumplir con el objetivo de erradicar el analfabetismo". Mirándolo con ojos de interrogación le respondí: "usted debe tener razones de peso para hacer tal aseveración. Me gustaría conocerlas". Y seguidamente escuche su reflexión.

Él comenzó su explicación señalando que el artículo 59 de la Constitución de la República declara que la alfabetización es de interés social, y que en la Ley General de Educación se advierte que esta labor constituye una actividad permanente del Ministerio de Educación (MINED). A esta institución pública le corresponde garantizar que la educación de adultos, incluida la alfabetización, sea una prioridad. La ley no sólo le otorga al MINED la facultad para establecer este tipo de programas, sino también normar las contribuciones de otras instituciones públicas y privadas en su implementación. Además la ley, en su artículo 33, establece que la alfabetización deberá vincularse con los planes de desarrollo del país, y que el Estado gestionará los recursos necesarios para sostenerla en el tiempo.

El Lic. González me hizo ver que existen otras leyes, que complementan el mandato del MINED en lo que respecta a la alfabetización, que ameritan hacerse cumplir. Él habló de dos Decretos de 1926. Uno que ordena la creación de una escuela en toda propiedad rural en donde vivan al menos veinte analfabetos, y otro que establece premios a las personas que por su cuenta enseñen a leer y a escribir. También mencionó el "Acuerdo de creación del Premio Nacional de la Alfabetización", que está vigente desde 1986.

Mi amigo y mentor terminó su análisis enfatizando que el anteproyecto de ley no surgió por iniciativa presidencial sino de los diputados, cuando el Órgano Ejecutivo está obligado a definir los programas de gobierno sin ninguna injerencia indebida de otro poder del Estado. También le pareció inconstitucional el artículo 5 del anteproyecto, el cual expresa que la alfabetización es "obligatoria con respecto a la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en los términos que sea requerida por las autoridades competentes".

"En conclusión", le dije al Lic. González, "si no hay un vacío legal que justifique la creación de una ley especial para la alfabetización, la recomendación es que el MINED sea más diligente en sus esfuerzos para mejorar el Programa de Alfabetización y Educación Básica de Adultos (PAEBA). Es importante mantener las alianzas público-privadas en la provisión de este servicio y buscar el apoyo de las municipalidades, pero únicamente en aquellas tareas que éstas puedan hacer con eficiencia. También se deben focalizar más recursos en las zonas pobres y con mayor rezago educativo, así como contar con alfabetizadores que tengan la formación adecuada y deseen dedicar su tiempo a enseñar".

"¡Así es!", exclamó el Lic. González, y con aquella viveza en su rostro expresó: "una ley para la alfabetización… Pensémoslo bien".

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